La Generalitat obliga a censar a los animales de compañía
La Generalitat ha aprobado un decreto que obliga a los propietarios de animales de compañía a registrarlos y a identificarlos con un tatuaje o un microprocesador electrónico en los tres meses posteriores a su nacimiento y antes de comprarlo o venderlo. El decreto prevé la creación de un Registro General de Animales de Compañía, así como de registros municipales dependientes de los respectivos ayuntamientos. El Departamento de Agricultura de la Generalitat informó ayer que el decreto fue aprobado el pasado día 24 de diciembre y que en los próximos días aparecerá publicado en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC). La normativa desarrolla determinados aspectos de la ley 3/1994 de protección de los animales, como las características que han de tener los sistemas de identificación y el lugar donde se ha de colocar. También se regulan las características del documento que debe expedirse para identificar al animal, el censo y el registro de animales de compañía que han de crear y desarrollar los ayuntamientos, así como la periodicidad con la que los consistorios deberán informar a Agricultura o a la entidad en las que se delegue la gestión de las altas y bajas de los animales censados o de las modificaciones que se produzcan. El decreto establece un periodo transitorio de uno o dos años para que los dueños de los animales cumplan con las obligaciones que se establecen, dependiendo de si el animal está o no censado en el municipio correspondiente. La normativa fija la obligación de censar a los animales de compañía en el municipio de residencia habitual del animal. Según una reciente encuesta, uno de cada tres catalanes tiene en su hogar algún animal de compañía.
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