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La Generalitat regula la tarifa del agua para campos de golf

La Generalitat ha buscado una fórmula que le permita cobrar el agua consumida por el riego para los campos de golf sin tener que esperar a la aprobación de la ley del agua. La disposición que regula el cobro se halla contenida en la ley de presupuestos. Asimismo, el Gobierno catalán ha aprovechado la ley de acompañamiento para tratar de imponer una solución a la guerra del agua, al tiempo que regula que los tributos asociados a su recibo se adecuen a los residentes de la vivienda, sin especificar el método que se empleará para ello.

El Gobierno catalán no renuncia a aprobar en esta legislatura la ley del agua y, con ella, acabar con el conflicto que le enfrenta a más de 80.000 familias que practican la objeción fiscal desde hace años. Los vehículos elegidos para solucionar en parte estos problemas son la ley de presupuestos, por una parte, y la ley de acompañamiento, por otra. La primera pone punto final a una disputa que provocó un fuerte malestar dentro del propio Gobierno: el impago por parte de los campos de golf del agua consumida para el riego de estas instalaciones. El agua no paga canon hidráulico, pero a la oposición no le parece adecuado que una instalación escasamente popular como es un campo de golf tenga el mismo trato que una explotación agrícola, y así lo expuso en el Parlament. En ese momento, Pujol aseguró que habría que modificar las leyes. Y a la primera ocasión, el Gobierno ha introducido una norma que permite el cobro, pero sin imponer a los campos de golf el mismo trato que al agua de uso doméstico. El artículo 37 de los presupuestos redefine los usos industriales y los coeficientes que se debe aplicar por agua tomada de la red o procedente de captaciones propias, que es el caso en el que se encuentran la mayoría. Este artículo puede resultar polémico tanto por este hecho como por su apartado 5, en el que el Gobierno autoriza a la Junta de Aguas a ceder a terceras personas "total o parcialmente los derechos de crédito, presentes o futuros, que puedan resultar de la aplicación del canon de infraestructuras hidráulicas o el producto de estos derechos". Otras disposiciones incluidas originariamente en el anteproyecto de ley del agua han pasado a la ley de acompañamiento. Así, se crea la Agencia Catalana de Agua (ACA), empresa pública que regulará el ciclo completo del agua, y se recoge la presencia en los órganos directivos de la ACA de representantes de la Administración local. Ambas medidas eran reclamadas por la oposición. La oposición no asume, sin embargo, el artículo que regula que la ACA disponga, como parte de sus recursos, del canon de infraestructuras y del de saneamiento. Unos tributos de los que se dice: "La determinación de las cuotas de los tributos de la Generalitat sobre el agua tendrá en cuenta el número de usuarios del agua de la vivienda".

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