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Denegado a un familiar de Sampedro el derecho a 'heredar' su recurso

La cuñada del tetrapléjico irá a Estrasburgo

El Tribunal Constitucional notificó ayer su decisión de denegar la solicitud de Manuela Sanglés, cuñada de Ramón Sampedro, de heredar el recurso de amparo presentado en julio de 1996 por el tetrapléjico y que se encontraba pendiente de deliberación y fallo a su muerte, el 12 de enero de este año. La resolución argumenta que Sampedro ejerció un derecho "personalísimo", el de morir dignamente. Los letrados de Sanglés recurrirán al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo.La larga lucha jurídica del tetrapléjico Sampedro para que se le reconociera su derecho a morir con dignidad quedó interrumpida por su fallecimiento. Varios meses después, Sanglés, esposa de un hermano de Sampedro, invocó ante el Tribunal Constitucional la vigente legislación civil para su petición de heredar el recurso de amparo del tetrapléjico.

En respuesta al criterio del fiscal, que informó en contra de dicha petición, el letrado Jorge Arroyo, abogado de Sanglés, argumentó que "el derecho a una respuesta sobre el fondo de este recurso de amparo viene determinado por la voluntad del propio Ramón Sampedro". Insistió en obtener "una respuesta" sobre si la pretensión de Sampedro estaba o no protegida por el derecho fundamental "a la libertad personal", entre otros invocados.

La resolución de la Sala primera del Tribunal Constitucional conocida ayer, aunque descarta "la concepción patrimonialista que informa las alegaciones del Ministerio Fiscal", deniega la solicitud de sucesión procesal. La sala razona que la pretensión de Sampedro, al invocar el derecho a morir dignamente, es "una acción de carácter personalísimo, en cuyo ejercicio no cabe, por tanto, la continuidad o sucesión procesal", sino que "ha de considerarse extinguida en el momento mismo en que acaeció el fallecimiento" de Sampedro.

Salvador Pániker, presidente de la Asociación Derecho a Morir Dignamente, estimó ayer "muy restrictiva" la interpretación realizada por el Constitucional y anunció: "Aconsejaré que se recurra al Tribunal de Estrasburgo, ya que se ha producido una denegación de justicia al negarse a entrar en el fondo".

El letrado Arroyo fundamentará la demanda en la falta de decisión judicial sobre si el derecho a la libertad es superior al deber de vivir y en los más de 17 meses sin resolver el recurso antes de que Sampedro muriera.

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