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Los juristas de la UE sostienen que España mantiene su derecho al Fondo de Cohesión

Un dictamen del servicio jurídico del Consejo de Ministros de la UE da la razón a España en su pelea con Alemania por el Fondo de Cohesión. El dictamen sostiene que "no existe argumento jurídico alguno" para que los Estados participantes en el euro no puedan acceder al Fondo, que para España supone unas ayudas de 175.000 millones de pesetas anuales. El dictamen defiende, en cambio, la posibilidad de que se suspenda temporalmente la percepción de ese dinero si se incumple el Pacto de Estabilidad, aunque no por la vía jurídica que ha propuesto Bruselas.

El Gobierno alemán pretende que se suprima el Fondo de Cohesión a los países del euro porque su ingreso en la moneda europea demostraría que ya no lo necesitan. El Gobierno español siempre ha defendido que la entrada en el euro es un proceso de convergencia macroeconómica nominal y que el Fondo de Cohesión se creó para reforzar la convergencia real y que las condiciones jurídicas exigidas por el Tratado de la Unión no tienen nada que ver con el ingreso en la moneda única.Los servicios jurídicos dan plenamente la razón a España, pero no entran a detallar sus fundamentos porque el dictamen, que lleva fecha de 26 de octubre pasado, no pretende dirimir ese asunto, sino las dudas suscitadas en torno a la llamada "condicionalidad": si la percepción del Fondo de Cohesión se puede condicionar o no al cumplimiento del Pacto de Estabilidad.

Pero los juristas aprovechan el dictamen para incluir un matiz previo: "Es preciso confirmar, en primer lugar, que los Estados participantes, es decir, los Estados miembros que han adoptado la moneda única, pueden acogerse al Fondo de Cohesión. No existe argumento jurídico alguno para defender lo contrario. El tratado no establece ningún vínculo entre el paso a la tercera fase de la UEM y la posibilidad de acogerse al Fondo".

Países ricos y pobres

Y añaden una reveladora aclaración en forma de nota: "También puede considerarse, en un sentido general, que los esfuerzos realizados por un Estado miembro para cumplir las condiciones que exige el paso a la tercera fase de la UEM pueden justificar que se mantenga su posibilidad de acogerse a la financiación del Fondo y que el paso a la tercera fase no es, en sí mismo, un indicador de prosperidad relativa de un Estado miembro". La frase sintetiza casi todas las tesis españolas.A juicio del Gobierno español, no se justifica ni política ni jurídicamente la supresión del Fondo a los países que se integren en el euro. Políticamente no tiene sentido, porque sería premiar con un castigo a los países pobres que han sido capaces de reducir sus déficit públicos y porque esa reducción de los déficit no supone una reducción de las diferencias de renta respecto a los países ricos.

Y jurídicamente, tampoco procede, porque la entrada en el euro no modifica las dos condiciones exigidas en el Tratado de la Unión para tener derecho a percibir el Fondo de Cohesión; es decir, tener una renta per cápita inferior al 90% de la media comunitaria y estar sometido al cumplimiento de un programa dirigido a contener los déficit públicos.

España sostiene que el Pacto de Estabilidad firmado para mantener el rigor de las finanzas públicas una vez adoptado el euro viene a sustituir a los planes de convergencia porque mantiene la misma exigencia de limitar los déficit públicos.

Madrid defiende también que, más allá de ese razonamiento jurídico, están las razones históricas que llevaron al Gobierno, presidido entonces por Felipe González, a exigir la creación del Fondo de Cohesión. Se trata, según se acordó en 1991, de "un nuevo instrumento financiero que facilitaría la realización de la cohesión y acompañaría el proceso de integración a partir de la creación de la UEM hasta la plena realización de la Unión Europea; este instrumento se desarrollará hasta convertirse en el instrumento de cohesión por excelencia en la fase final de la integración". Es decir, que el Fondo no se acaba al empezar el euro.

El dictamen de los servicios jurídicos del Consejo de Ministros no es tan favorable a España en lo que respecta a la normativa propuesta por la Comisión para suspender la percepción del Fondo a los países que incumplen el Pacto de Estabilidad. Aunque admiten que la base jurídica elegida por la Comisión no es la adecuada, porque crea inseguridad jurídica y es discriminatoria, los expertos sostienen que el objetivo de incluir sanciones tiene una justificación política coherente y propone una alternativa para que sea también legal. Pero incluso este dictamen tiene una parte positiva para España, porque viene a alinearse con las tesis de Madrid al considerar que el Pacto de Estabilidad es una prolongación de los antiguos planes de convergencia.

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