_
_
_
_

Condenado a dos años y seis meses el hombre que intentó quemar a su ex esposa

La Audiencia de Vizcaya ha condenado a Manuel López López a dos años y seis meses de prisión como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa por intentar matar a su ex esposa, a la que roció con una lata de queroseno tras prenderse fuego él mismo con un encendedor. El tribunal aprecia en el acusado la atenuante de "enajenación mental por trastorno de adaptación con alteración de las emociones". Los hechos se produjeron en julio de 1994, cuando el acusado, con domicilio en Abanto, mantuvo una discusión con su ex esposa, con la que convivía pese a estar legalmente separados. El enfrentamiento verbal comenzó al pedir explicaciones la esposa sobre la gran cantidad de deudas que se acumulaban sobre el patrimonio familiar. Durante la vista oral, la víctima aseguró que su ex marido reaccionó violentamente, dando patadas a los muebles. Tras recoger una bolsa, se fue de casa gritando: "Volveré para matarte". A los pocos minutos regresó con una lata de queroseno que tenía en el garaje, que roció por toda la casa, sobre él mismo y sobre su ex esposa, mientras decía: "Crees que no soy capaz de hacerlo". Después, se acercó un encendedor al pecho, abrazó a la mujer y dijo: "Voy a morir, pero no sólo". La víctima consiguió desasirse mientras el acusado apagaba el fuego, que comenzaba a prenderle la ropa, con una manta. El tribunal considera probado que el acusado "pretendía dar muerte a su mujer". Durante el juicio, Manuel López, aseguró que todo era un "montaje" y que la lata de queroseno la subió a la casa su suegro para que quemase las facturas que tantas discusiones familiares causaban. La víctima negó que su padre pudiera hacer tal cosa, ya que se trata de un anciano casi imposiblitado para andar, y a quien tenía que ayudar hasta para abrocharse los botones de la camisa, ya que se recuperaba en su casa de una trombosis. Esta versión fue ratificada por el anciano en su declaración ante la Ertzaintza, aunque no pudo comparecer a la vista oral debido a su delicado estado de salud. La sentencia señala que si bien "la víctima no sufrió lesiones que necesitaran asistencia facultativa, aunque si alguna quemadura que se curó espontaneamente, su testimonio no queda desvirtuado". El tribunal recalca que la versión de la mujer le merece "mayor credibilidad que las manifestaciones ambiguas, vagas e imprecisas del acusado que sólo obedecen a un ánimo exculpatorio y no a la verdad de lo ocurrido". La víctima renunció a la indemnización que le pudiese corresponder.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_