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La Delegación del Gobierno impugna el acuerdo laboral del Ayuntamiento de Sant Adrià

La Delegación del Gobierno en Cataluña ha impugnado ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) los acuerdos laborales para este año del Ayuntamiento de Sant Adrià de Besòs. Por un lado, impugna los aumentos salariales superiores al 2,1%, porque considera que infringen la Ley de Presupuestos de 1998; por otro, la jornada laboral de 35 horas, ya que asegura que debería ser de 37,5 horas. El Ayuntamiento y el comité unitario del personal han presentado alegaciones a esta impugnación para que el TSJC no la admita a trámite. El abogado del Ayuntamiento de Sant Adrià, Albert Tàrraga, explicó ayer que un 40% de los trabajadores del consistorio -es decir, unos 150 funcionarios y contratados laborales- se han visto beneficiados este año con un aumento salarial de hasta un 4,43%. En concreto, han tenido este aumento los trabajadores de las categorías inferiores y los mandos intermedios de la Policía Local. Según Tàrraga, este aumento, superior a lo que indica la Ley de Presupuestos, se realizó gracias a un proceso a cuatro años vista destinado a equiparar los sueldos de los trabajadores del Ayuntamiento de Sant Adrià con los de los trabajadores de los ayuntamientos vecinos, como Santa Coloma y Badalona, bastante más altos en todas las categorías laborales. Según Tàrraga, "la propia Ley de Presupuestos admite adecuaciones retributivas superiores al 2,1% en casos concretos". El abogado del Ayuntamiento de Sant Adrià considera justificado el aumento ya que, debido a la deficitaria situación de las arcas municipales, "durante mucho tiempo los trabajadores se han estado sacrificando". "Ahora que la economía municipal se está saneando, ha llegado el momento de empezar a poner en marcha los aumentos salariales pendientes", añade Tàrraga. Por otro lado, el abogado del Ayuntamiento alega que "la Ley de Presupuestos marca unas líneas macroeconómicas, pero no puede entrar en las competencias municipales". En cuanto a la jornada laboral de 35 horas, Tàrraga recuerda que "el convenio del Ayuntamiento ya la aprobó en el año 1993". Legalmente, para los funcionarios de la Administración, la jornada laboral está establecida en 37,5 horas semanales, según ha admitido Tàrraga, pero, añade, "en 1993 se tomó la decisión de que tanto funcionarios como contratados laborales trabajasen las 35 horas, para evitar un agravio comparativo entre los dos colectivos de trabajadores del Ayuntamiento". Tàrrega considera que, en este aspecto, la impugnación de la Delegación del Gobierno vuelve a interferir "en las competencias de ámbito municipal".

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