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El fiscal del Estado dice que el "caso Doñana" desbarata el Código Penal

El desastre producido por la rotura de la presas en Aznalcóllar, junto al Parque Nacional de Doñana ha desbaratado las expectativas del Código Penal de 1995 en la persecución de los delitos contra el medio ambiente. Según la memoria de la Fiscalía General del Estado de 1997, la tipificación de estos delitos ya fue criticada inicialmente por insuficiente. Sólo ofrecía protección frente a las actividades estrictamente contaminantes. Olvidó "la necesidad de penalizar el uso incorrecto de los recursos naturales, como los ataques contra la flora y la fauna, cuya protección es imprescindible para mantener la biodiversidad y el equilibrio ecológico". Esta debilidad del amparo jurídico al medio ambiente en España se evidencia, según la memoria en que, a pesar de la entrada en vigor del Código en 1996, a lo largo de 1997 no se ha producido ninguna sentencia condenatoria: "Los atentados contra la fauna y la flora que llegan a ser enjuiciados son tan escasos que pueden calificarse como anecdóticos", afirma.Sobre los incendios forestales, destaca que, aunque estos delitos no se encuadran entre los medioambientales, "bien pueden calificarse como el principal atentado que sufre la naturaleza, con una eficacia infinitamente superior a los hechos que el Código Penal contempla contra el medio ambiente. No obstante, la memoria destaca que, frente a una sola detención por este delito producida en 1996, en el año pasado hubo 11.

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