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EL ENCARCELAMIENTO DE BARRIONUEVO Y VERA

Los artículos de la resolución

Artículo 4.4 del Código Penal: "Si mediara petición de indulto y el juez hubiere apreciado en resolución fundada que por el cumplimiento de la pena puede resultar vulnerado el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, suspenderá la ejecución de la misma en tanto no se resuelva sobre la petición formulada. También podrá el juez o tribunal suspender la ejecución de la pena mientras no se resuelva sobre el indulto cuando, de ser ejecutada la sentencia, la finalidad de éste pudiera resultar ilusoria.Artículo 19 de la Ley de Indulto: "Pueden solicitar el indulto los penados, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre, sin necesidad de poder escrito que acredite su representación".

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