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La Audiencia rechaza definitivamente que Sanidad ejerza de acusación en el caso de la hepatitis C. Sanidad fracasa por tercera vez en su intento de centrar la responsabilidad en Maeso

La Audiencia de Valencia ha rechazado la personación de la Consejería de Sanidad como acusación particular en la causa que se sigue contra Juan Maeso, el anestesista imputado por los 106 casos de contagio de hepatitis C detectados en dos hospitales de Valencia. El tribunal, que refrenda así las decisiones de los dos jueces de instrucción que se han pronunciado sobre el asunto, apunta que la Generalitat podría ser responsable civil subsidiaria por la infección, condición que le obligaría a indemnizar a los afectados. Esta posibilidad, dice el auto, es incompatible con el ejercicio de la acusación particular.

A la tercera tampoco fue la vencida. El recurso de queja interpuesto por el gabinete jurídico de la Generalitat ante la sección tercera de la Audiencia de Valencia tenía por objetivo que la Consejería de Sanidad pudiera descargar en Maeso -de momento, el único imputado en la causa que investiga el Juzgado de Instrucción número 5 de Valencia- toda la responsabilidad del multitudinario contagio, detectado en un centro privado, la Casa de Salud, y un hospital público, La Fe. Esta pretensión ha sido rechazada de nuevo. El titular de Juzgado de Instrucción número 9 rechazó la petición, el actual instructor del caso se alineó con su colega y, finalmente, la Audiencia ha dictado un auto en el mismo sentido: el ejercicio de la acusación particular -asumida por gran parte de los infectados por el brote de hepatitis C- es incompatible con la supuesta responsabilidad del Servei de Valencià de Salut en los 106 casos de contagio detectados hasta el momento. "Si los hechos objeto de su imputación fueron realizados en el desempeño de sus funciones, es evidente que pueda recaer sobre la Generalitat una pretensión de responsabilidad civil subsidiaria", argumenta el auto del tribunal. Es decir, si el médico supuestamente relacionado con el brote pudo contagiar a algunos de sus pacientes mientras les anestesió en el hospital La Fe, tal como concluyen los informes científicos realizados por la propia consejería, la Generalitat podría ser obligada a indemnizar a los perjudicados. El altisonante recurso de queja presentado por los letrados de la Generalitat ante la Audiencia de Valencia -sazonado de expresiones que tildaban su rechazo como acusación de "incomprensible", "surrealista" o "censurable"-ha caído en saco roto. Los tres magistrados de la sección tercera han rechazado por tercera y definitiva vez la pretensión de la Consejería de Sanidad, que aspiraba a acusar a Juan Maeso del brote de hepatitis C. El anestesista es, de momento, el único imputado en el caso. Los estudios epidemiológicos le relacionan, a falta de nuevas pruebas, con los 106 casos de contagio detectados en la Casa de Salud y el hospital La Fe. El tribunal ha suscrito casi íntegramente los argumentos esgrimidos por el juez encargado del caso, José Manuel Ortega, para rechazar la personación de la Generalitat. "Por la relación de dependencia laboral existente entre el imputado Juan Maeso Velez y el Servei Valencià de Salut, organismo autónomo dependiente de la Generalitat Valenciana", la única "condición procesal" que le corresponde a la Generalitat "podría ser la de responsable civil subsidiario", razonó el titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Valencia. En consecuencia, concluye el auto de Ortega, "no es posible, de momento, admitir la personación en esta causa de la Generalitat", básicamente porque aún no se ha considerado "necesario garantizar las responsabilidades pecuniarias futuras derivables del presente procedimiento". La decisión de la Audiencia obligaría al departamento presidido por Joaquín Farnós a compensar a los perjudicados por la masiva infección, siempre en función del devenir de una investigación que acaba de comenzar. De hecho, si la instrucción del caso aportara argumentos que desvincularan a la Generalitat de la condición de responsable civil, la consejería podría ejercer la acusación contra Maeso. Sanidad siempre ha tratado de delimitar en la actuación negligente y tal vez punible penalmente de uno de sus trabajadores (el anestesista) la responsabilidad del brote. De momento deberá asumir, por decisión del tribunal, las costas derivadas de su recurso.

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