Los particulares podrán pedir el borrado de cintas de videovigilancia
Las personas que tengan sospechas razonables de que su imagen ha resultado registrada en una grabación obtenida por una cámara de videovigilancia policial podrán exigir de las autoridades ser suprimidas de las filmaciones en las que figuren. El procedimiento por el que se accederá a estas reclamaciones y los criterios de la administración para resolverlas están sin determinar aún, pendientes de una orden del consejero de Interior. El Gobierno aprobó el martes pasado el decreto que desarrolla la Ley de Videovigilancia. A él deben adaptarse, en el plazo de un mes, todas las instalaciones existentes. La regulación de los derechos de los ciudadanos ante una grabación en la que crean registradas imágenes suyas está, sin embargo, por realizar. En todo caso, adelanta el decreto, y las autoridades competentes, tendrán la potestad de acceder o no a las peticiones de los interesados "en función de las utilidades penales o administrativas" de las grabaciones impugnadas. La administración no tiene siquiera la obligación de contestar al peticionario: éste puede dar por desestimada su solicitud si en el plazo de un mes no le han comunicado resolución alguna. La viceconsejería de Seguridad queda obligada a llevar un registro de las instalaciones fijas y a publicitar su ubicación, aunque de modo restringido, ya que el decreto sólo obliga a indicar genéricamente la zona sometida a vigilancia.El decreto reglamenta también en qué condiciones podrán las policías hacer uso de imágenes captadas por entidades privadas, como los bancos. Proteger la privacidad La llamada Comisión de Videovigilancia y Libertades, encargada de controlar la legalidad de estas intervenciones policiales y concebida como un órgano consultivo de protección de la privacidad, tendrá a su frente al Presidente del TSJP y deberá constituirse en tres meses. Las cámaras fijas deberán tener el visto bueno de la comisión antes de su instalación. La viceconsejería de Seguridad será la encargada de autorizar las peticiones tanto de la Ertzaintza como de las policías locales, de llevar un registro de todas ellas y de trasladar los informes a la comisión de control para su aprobación. La comisión revisará también cada quince días un informe sobre las filmaciones efectuadas con videocámaras móviles, pedirá aquéllas cuyo contenido estime necesario visionar y podrá, en su caso, ordenar su destrucción. El uso de las videocámaras móviles goza de una mayor libertad y no requiere la autorización previa de la comisión. Él permiso pueden darlo los propios responsables policiales de cada territorio histórico, sólo obligados a dar cuenta en las 72 horas siguientes. La comisión estará compuesta paritariamente por 3 representantes de la consejería de Interior y tres del mundo de la judicatura y el derecho. El voto de calidad del presidente romperá eventuales empates.
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