El juez imputa un delito contra el patrimonio a la empresa que derribó una alquería medieval de Valencia
El titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Valencia ha admitido a trámite la querella presentada por el Instituto de Defensa y Estudio Ambiental (IDEA), una organización vinculada a Esquerra Unida, contra Nueva Campanar, SL, la empresa constructora que demolió una alquería medieval para proseguir la urbanización de parte de Campanar, un barrio situado en la parte oeste de Valencia. El gerente de la firma, José Luis Miguel, ya ha sido citado a declarar en condición de imputado. El magistrado estima que la compañía ha podido incurrir en un delito contra el patrimonio al derribar la alquería de Barberá, una edificación enclavada en plena huerta, que data del siglo XIV y ha sido considerada como de gran valor histórico-artístico por varios expertos, entre ellos dos urbanistas de la Universidad de Valencia y la Universidad Politécnica. Por contra, el juez, en sintonía con la decisión del fiscal, ha rechazado las querellas presentadas por idéntico motivo contra la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, y la directora general de Patrimonio, Carmen Pérez, responsable del departamento de la Consejería de Cultura que dio vía libre al derribo de la alquería medieval y otras dos ubicadas en el Camí del Pouet al considerar los edificios, a la luz de un informe, de escaso valor. El magistrado razona así la inadmisión de las querellas: "Sólo pueden estimarse edificios singularmente protegidos a efectos penales los que hayan sido objeto de declaración de bienes de interés cultural y, en este caso (...), ello no ha ocurrido". No se puede acusar ni al Ayuntamiento de Valencia ni a la Consejería de Cultura de un delito contra el patrimonio, ya que las edificaciones del Camí del Pouet no gozaban de protección. Ahora bien, si los artículos del Código Penal esgrimidos contra las autoridades no son admisibles, sí lo es el utilizado contra Nueva Campanar, SL. El juez y la acusación pública investigarán si la empresa ha cometido un delito al destruir una alquería que bien podría merecer la consideración -aunque no esté catalogada- de bien de "valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental".
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