Justicia excluye de la ley la unión no matrimonial
El anteproyecto de ley de Enjuiciamiento Civil elaborado por el Ministerio de Justicia establece las normas procesales para resolver conflictos de familia bajo el rótulo Procesos matrimoniales . El informe de Jueces para la Democracia (JpD) estima que el concepto correcto «es el de familia y no el de matrimonio» y critica que la futura ley deja «fuera de la regulación a las uniones extramatrimoniales». JpD considera que en una ley procesal civil moderna es necesario «aludir en toda la regulación a las partes (del proceso de familia) y no a los cónyuges, con el fin de no dejar fuera a las uniones extramatrimoniales».
«Nadie tiene derecho, y menos en un texto legal», razona JpD, «a imponer su visión particular de la moral o de la familia». El informe estima también que «los pleitos familiares que afectan a los hijos extramatrimoniales han de equipararse plenamente a los matrimoniales». JpD cree que «no puede permitirse que la discriminación de los hijos extramatrimoniales continúe perpetuándose en el ámbito procesal, al amparo de las creencias de los responsables del anteproyecto».
Consumidores, fuera
El anteproyecto de ley, contra lo que esperaba JpD, no favorece la legitimación de las asociaciones de consumidores y usuarios para defender los intereses, no sólo de sus asociados, sino de todos los afectados. La ley orgánica del Poder Judicial prevé la protección judicial de los derechos e intereses legítimos, «tanto individuales como colectivos» y establece que «para la defensa de estos últimos se reconocerá la legitimación» de tales asociaciones. El informe de JpD reprocha al anteproyecto «el silencio, la ausencia de regulación que implica la desprotección de los consumidores y usuarios».
JpD critica también la exclusión de los procedimientos de propiedad industrial e intelectual, entre otros. En materia sucesoria, le reprocha «falta de ambición», por no elaborar un verdadero «código procesal de derecho hereditario».
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