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Liaño entrega una lista de testigos al juez que debe investigarle por prevaricación

Cardenal y Fungairiño, entre los juristas propuestos para declarar

El juez Javier Gómez de Liaño, querellado por prevaricación en su actuación contra Sogecable, se anticipó ayer a la investigación del instructor de la querella, Joaquín Martín Canivell, y entregó ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo la propuesta de una extensa lista de testigos para que declaren " cuanto antes". Gómez de Liaño, que se autodefiende, propone un total de 17 potenciales testigos, entre ellos al fiscal general del Estado Jesús Cardenal y al fiscal jefe de la Audiencia Nacional Eduardo Fungairiño.La lista de testigos propuestos por Gómez de Liaño antes de que el instructor de la causa le haya tomado declaración como querellado, incluye al presidente de la Audiencia Nacional, Clemente Auger; presidente de la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, José Jiménez Villarejo; presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Francisco Siro García; ex fiscal general del Estado, Juan Cesáreo Ortiz Úrculo.

A los citados cargos de la cúpula de la Justicia penal añade el juez querellado la propuesta de los fiscales de la Audiencia Nacional Ignacio Gordillo e Ignacio Peláez, así como a los jueces centrales del mismo órgano judicial Baltasar Garzón e Ismael Moreno. Este último se quedó finalmente con la investigación del caso Sogecable, una vez que Garzón estimó la recusación de Liaño.

Gómez de Liaño propone también que testifiquen cuatro directivos de Sogecable -los tres primeros son querellantes-: Jesús de Polanco, Juan Luis Cebrián, Gregorio Marañón y José María Aranaz. Asimismo, pide que declaren todos los abogados que actuaron en el procedimiento contra Sogecable.

Mientras tanto, la Sala Segunda del Tribunal Supremo no había remitido ayer al Consejo General del Poder Judicial la comunicación de que se ha decidido "proceder" contra Gómez de Liaño "por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones". Según la ley, tal comunicación es necesaria para que el órgano de gobierno de los jueces acuerde la suspensión en su función judicial del magistrado querellado mientras se tramita la causa contra él.

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