Margarita Robles ve "extemporánea" su recusación por Telefónica
La magistrada cree que la compañía debió plantearla antes de que se suspendiera cautelarmente la compra de Antena 3
La magistrada Margarita Robles considera "extemporánea" la recusación presentada contra ella por Telefónica el 24 de febrero, después de que dictara una resolución decretando la suspensión cautelar de la compra de Antena 3 TV por Telefónica. Robles asegura que "en modo alguno se pudo formar criterio de ningún género" sobre el sector de las televisiones durante sus dos años como viceministra de Interior, cuyas competencias eran "en materia de seguridad ciudadana y lucha contra el terrorismo".
Telefónica presentó el pasado 24 de febrero un escrito recusando a Robles a tenor del. punto 12 del artículo 219 de la Ley Qrgánica del Poder Judicial. Este establece como causa de "abstención y, en su caso, de recusación" el hecho de "haber ocupado el juez o magistrado cargo público con ocasión del cual haya podido formar criterio, en detrimento de la debida imparcialidad, sobre el objeto de pleito o causa, sobre las partes, sus representantes o sus asesores".En un informe cursado ahora a Octavio Herrero Pina, encargado de estudiar si admite o no a trámite la recusación, la magistrada se opone argumentando que, según el artículo 223 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la abundante jurisprudencia, "la recusación deberá proponerse tan pronto se tenga conocimiento de la causa en que se funde".
Robles aporta a su escrito la copia de una propuesta de providencia del tribunal de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de fecha 23 de septiembre de 1997, en la que se le designa como ponente de la causa. Recuerda también una providencia del 31 de octubre, firmada por ella como presidenta en funciones de la Sección Octava, en la que se hacía constar que formaría parte del tribunal encargado del caso.
El 5 de diciembre pasado se publicó en el Boletín Oficial del Estado la reforma legislativa que incluye como nueva causa de recusación la ahora alegada por Telefónica, es decir, haber ocupado la magistrada un cargo público desde el que pudiera haberse formado criterio sobre la causa a juzgar.
Aparte de las providencias citadas y "toda vez que era de general conocimiento que la que suscribe había desempeñado el cargo de secretaria de Estado de Interior desde el 16 de mayo de 1994 hasta el 8 de mayo de l996", Robles entiende que "la causa de recusación se tenía que haber planteado por imperativo legal. el primer día hábil siguiente al 6 de diciembre de 1997 y no, como extemporáneamente se realiza, el 24 de febrero de l998", después de que el 17 de febrero se dictara un auto contrario a los intereses de Telefónica.
La magistrada argumenta, además, que durante su mandato en Interior nunca tuvo relación o vinculación con el sector de las televisiones privadas y menos aún "sobre hechos que se produjeron más de un año después de que cesara en aquel". Tampoco tuvo ni ha tenido relación con ninguna de las partes personadas en el pleito, "ni vinculación con ningún partido político, pues su participación en la Secretaría de Estado de Interior fue con el carácter de independiente, como es público y notorio".
Amistad con Belloch
Robles reconoce su larga amistad con el ex ministro de Justicia e Interior Juan Alberto Belloch, hoy diputado socialista, al margen. de la militancia política de éste o de "cualquier posible vinculación con las televisiones privadas, a la que el mismo es igualmente ajeno".Ante quienes cuestionan su imparcialidad y olvidan sus "17 años de compromiso inequívoco" con la Justicia, Margarita Robles replica que "lo hacen sólo después de haber obtenido una resolución jurídicamente argumentada que estiman contraria a sus intereses, olvidando que los jueces proceden únicamente a la aplicación de la ley, no actuando por ninguna otra consideración que les es ajena". Proclama asimismo que su etapa en el Ministerio del Interior "estuvo presidida por una vocación de servicio a todos los ciudadanos y no a un partido político determinado".
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