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El Defensor se basó en la ley vigente en su respuesta sobre los apellidos

Antonio Rovira, adjunto al Defensor del Pueblo, explicó ayer que su contestación a una pareja navarra que deseaba poner a su hija el apellido materno tuvo como referencia la legislación vigente, sin que ello signifique una posición de esa institución sobre el fondo de la queja.

"Nuestro escrito era una carta de contestación a una queja", detalló Rovira, "no era una resolución. Al año enviamos unas 60.000 cartas como ésa, que responden a un modelo tipo de no admisión donde explicamos si se ha cometido o no alguna irregularidad administrativa. Y en este caso no había irregularidad porque los funcionarios aplicaron la ley vigente. Otra cosa es que yo esté de acuerdo o no con esa legislación. En un caso como éste, yo habría tramitado una recomendación al Gobierno para que se modifique la Ley del Registro Civil si no hubiera ya un debate parlamentario al respecto" (Nueva Izquierda y PSOE han presentado sendas proposiciones de ley sobre este problema).

Respecto a la expresión de que el mantenimiento del apellido paterno "constituye un principio de orden público" (EL PAÍS de ayer), Rovira admitió que tales palabras inducen a confusión, cuando lo que se deseaba indicar es que se trata de algo de naturaleza pública, frente a las cuestiones de orden privado. El adjunto primero al Defensor del Pueblo reconoció que ese párrafo debió suprimirse, o redactarse de otra manera.

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