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Garzón ve indicios de delito en Corcuera, Vera y Roldán por el secuestro de un grapo

El juez Baltasar Garzón ha apreciado indicios de delito en el ex ministro del Interior José Luis Corcuera, el ex secretario de Estado para la Seguridad,Rafael Vera, y el ex director de la Guardia Civil Luis Roldán en relación con el secuestro del miembro de los GRAPO Jesús Cela Seoane, ocurrido el 29 de enero de 1990 en la Coruña. El magistrado a reconvertido el proceso en procedimiento abreviado y ha dado a las partes un plazo de cinco días para que realicen los escritos de acusación. El juicio se celebrará antes que el del caso Marey.

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Una cuestión de competencia

Al tratarse de un procedimiento abreviado, los plazos para calificar los hechos se dan simultáneamente al fiscal y las acusaciones por un lado y a las defensas por el otro. A la vista de que no quedan más diligencias de prueba que practicar, el juicio por este caso -incluso aunque no acuse el fiscal, no hay duda de que sí lo hará la acción popular- se celebraría en primavera. Y antes incluso que el caso Marey, que se encuentra desde hace tiempo en fase de calificación pero en el que por ser procedimiento ordinario los traslados a las defensas deben hacerse de forma sucesiva y no simultánea.En el auto dictado por Garzón se señala que de lo actuado se desprende que el miembro de los GRAPO Jesús Cela Seoane fue "detenido y privado de libertad ilícitamente" el 29 de enero de 1990 a las 11.00 en A Coruña.

'Patas negras'

La operación, según el escrito, fue realizada por cinco desconocidos. Después de las investigaciones realizadas, se ha establecido indiciariamente que se trató de los componentes del Grupo Operativo Especial de la Guardia Civil, conocido con el nombre de Omega, que dependían directamente del entonces director del Instituto armado, Luis Roldán. El grupo, conocido también como Patas negras, estaba dirigido por el teniente Pedro Gómez Nieto e integrado por los agentes Carlos Luis Sánchez Martínez, Fernando Olea González, Juan Bautista Morcillo Borrallo y Eugenio Iglesias Benavente.El auto agrega que los componentes del grupo seguían las órdenes directas de Roldán, quien, a su vez, las recibía de Vera y de Corcuera. El objetivo de la acción, según el escrito, era interrogar a Cela Seoane y obtener información sobre su posible pasó a la clandestinidad y datos sobre la organización terrorista.

"Una vez emitidas las órdenes, Pedro Gómez Nieto y el resto de los componentes del grupo,proceden a la ejecución de lo ordenado", dice el auto, "y detienen en A Coruña a Jesús Cela Seoane; para conseguir su inmovilización le suministran una sustancia química que le adormece y le introducen en el capó de un vehículo. Seguidamente le trasladan a un lugar no concretado de la comunidad gallega o alrededores y le interrogan; pero como no obtienen -aparentemente el resultado buscado, Gómez Nieto informa de la situación a Roldán, y éste -después de consultarlo con Vera y éste con Corcuera- le da orden de que suelten al detenido, pocas horas después de la detención"

Con posterioridad a los hechos, Gómez Nieto presentó un informe a Roldán, que está aportado a la causa.

Garzón considera que los hechos, indiciariamente, podrían constituir delito de detención ilegal imputable a Corcuera, Vera, Roldán, Gómez Nieto y los cuatro guardias integrantes de los grupos Omega.

El caso, convertido en procedimiento abreviado, corresponderá a la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional.

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