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La banca tiene que reducir los intereses que cobra por descubiertos

Las entidades financieras que operan en España tendrán que aplicar a partir de hoy un recorte de los intereses que cobran a los consumidores por los descubiertos que dejen en sus cuentas corrientes, al entrar en vigor la nueva Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1998.En las cuentas del Estado se contempla que el tipo de interés legal queda reducido desde el 7,5% al 5,5%, lo que supone un recorte de dos puntos, motivo por el que las entidades financieras deberán cobrar como tope por los descubiertos un interés del 13,75% en lugar del 18,75% contemplado en el ejercicio precedente.

Esta cifra resulta, según la Ley de Crédito al Consumo, de multiplicar por dos veces y media el interés legal del dinero, que los Prespuestos Generales del Estado para 1998 sitúan en el 5,5%, con lo que el tipo para los descubiertos quedará situado finalmente en el 13,75%.

El Banco de España trasladó una circular aprobada en el año 1995 en la que recordaba a bancos y cajas de ahorro la necesidad de cumplir con la normativa y así aplicar los intereses vigentes a los descubiertos en cuentas corrientes. Esta medida iba unida a otras decisiones tendentes a mejorar la transparencia bancaria.

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