Telefónica avisa de que venderá datos de los abonados que no se lo prohíban expresamente
Diversos juristas creen que se vulnera el derecho constitucional a la intimidad
Telefónica avisa: quiere sacar beneficio económico de los datos de sus abonados. Pretende, negociar la "cesión" de esos datos "a terceros con fines de publicidad y marketing directo" a través de las empresas de su grupo. Si el abonado no se opone expresamente antes del 1 de enero, sus datos podrán ir a parar a cualquier comprador. Juristas consultados por este periódico creen que la iniciativa choca con el derecho constitucional a la intimidad. El Partido Democrático de la Nueva Izquierda (PDNI) presentará hoy una pregunta parlamentaria sobre este tema.
Una circular de Telefónica a sus abonados aporta una información concerniente a la ley de Protección de Datos Informatizados" (la LORTAD, de 1992), y dice: "En cumplimiento de la Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, le comunicamos que Vd. tiene derecho a acceder, rectificar o cancelar los datos relativos a su contratación con Telefónica de España, SA. Asimismo, le informamos que dichos datos podrán ser entregados a las empresas filiales y participadas actuales del Grupo. Telefónica para su cesión a terceros con fines de publicidad y marketing directo a partir del 01-1-1998, salvo sus instrucciones expresas en contrario".La misiva de Telefónica no aporta indicaciones de cómo el abonado puede dar esas instrucciones expresas en contrario. Si el abonado tiene un repentino ramalazo de lucidez, llamará al 004, número de Atención Personal de Telefónica, y tendrá que facilitar su teléfono, nombre y DNI para que sus datos no sean utilizados. Si no reacciona con prontitud, el próximo día 1 sus datos serán vendibles,
Consentimiento
La LORTAD, en su título sobre Principios de la Protección de Datos, dice en su artículo 6: "Consentimiento del afectado. 1. El tratamiento informatizado de datos de carácter personal requerirá el consentimiento del afectado, salvo que la Ley disponga otra cosa".Telefónica interpreta que quien calla otorga, y que no dar "instrucciones expresas en contrario" equivale a consentir. Por tanto, la Compañía puede interpretar que da su consentimiento precisamente quien no lo ha dado, ya sea por pereza, despiste o estar de vacaciones.
"Somos unos fieles cumplidores de la legislación", manifestaron ayer fuentes de Telefónica. "Desde hace años, y vosotros lo sabéis mejor que nadie, hemos vendido los datos públicos de los clientes. La circular es conforme a ley".
"Ya hemos recibido quejas, y estamos trabajando en el tema", señala Juan José Martín Casallo, director de la Agencia, de Protección de Datos. "En caso de que bastara con un consentimiento tácito del abonado, la circular no proporciona suficiente información sobre lo que Telefónica pretende hacer concretamente con los datos. Aquí lo que ocurre es que empresas que no son de publicidad han descubierto que la publicidad da dinero, y si poseen importantes archivos informáticos los rentabilizan. Y quien siempre paga es el usuario".
Hay expertos que se oponen resueltamente a la iniciativa. "Es una utilización absolutamente defraudatoria de la ley", dice Diego López Garrido, secretario general del PDNI y catedrático de Derecho Constitucional. "Parece tan grave que mañana [por hoy] presentaremos una pregunta parlamentaria al Gobierno. Telefónica es la empresa que más datos posee de los españoles. Y, si algo así crea jurisprudencia, cualquier empresa podrá vender y comprar datos de los ciudadanos. Va contra el artículo 18 de la Constitución, que defiende el derecho fundamental a la intimidad. Cuando la LORTAD habla de consentimiento, se refiere al consentimiento expreso. Por tanto, si un abonado no da ese consentimiento, no se pueden comercializar sus datos. Telefónica deduce, porque sí, que si yo no expreso mi desacuerdo, estoy consintiendo. Lo deduce sin saber siquiera si yo he recibido o leído esa carta".
"La LORTAD no habla de consentimiento expreso", dice Manuel Núñez Encabo, ex diputado del PSOE y catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, "porque sería una redundancia: el consentimiento tiene que ser expreso. Los derechos fundamentales, como la intimidad, son personales y su ejercicio sólo puede ser delegado expresamente".
"El consentimiento por escrito es necesario cuando se trata de datos sensibles, y por ejemplo el -domicilio lo es", dice José Antonio Martín Pallín, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. "Una cosa es que Telefónica, en su momento, para informatizar los datos de sus abonados, recabase un consentimiento implícito, y otra que crea que basta ese consentimiento para ceder comercialmente los datos".
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