Subvenciones
En contestación a la carta publicada en su periódico el pasado 1 de diciembre firmada por doña Milagros Candela, presidenta de la Asociación para la Reflexión y la Acción Feminista (ARAF), quisiera tener la oportunidad de exponer que, efectivamente, se ha denegado por parte del Instituto de la Mujer la subvención solicitada en 1996 por esa asociación, entre otras causas, por no estar dicha entidad constituida dos años antes de la fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones.Es importante dar a conocer, no obstante, que lo que en dicha carta se llama criterio "interno" de valoración es, sin embargo, un criterio prioritario vigente también en las convocatorias anuales de los años 93, 94, 95 y 96, ejercicios en los que algunas de las mujeres que componen dicha asociación -entre ellas, una ex ministra de Asuntos Sociales y dos subdirectoras del Instituto de la Mujer, según reza la carta- tenían responsabilidades sobre los criterios que regían y rigen estas convocatorias que se publican en el BOE.
En cuanto a la concesión de una subvención a la Unión de Organizaciones No Gubernamentales Mujer Siglo XXI, con cargo a la convocatoria de 1997, debo exponer que se trata de una federación formada por asociaciones que tienen una antigüedad superior a los dos años. requeridos, tal como la propia convocatoria contempla. Volviendo a ARAF, no se puede exigir que se incumpla ahora lo que entonces se exigía para otras ONG que quedaron fuera por tener menos de dos años de antigüedad.-
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