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El Supremo paraliza el derribo de una iglesia 'pegada' a unas casas

El Arbobispado de Madrid ha logrado detener in extremis y provisionalmente el derribo de la iglesia de Nuestra Señora de las Fuentes (en la calle de Villa de Marín, Fuencarral). Sobre este templo, construido a finales de los ochenta, pesa desde junio de 1993 una orden de demolición del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Este órgano judicial alegó que la iglesia debía ser derribada de inmediato porque su edificación no respetaba las distancia de separación mínima con sus inmuebles vecinos.

El alto tribunal madrileño, tras varios años de demora en la ejecución de la sentencia, dio un plazo tope al Ayuntamiento de Madrid, bajo la amenaza de incoar diligencias por desobediencia, para que tirara abajo el edificio: el 21 de febrero de este año.El arzobispado madrileño, al ver que el Tribunal Superior no bromeaba y que incluso el Ayuntamiento de Madrid -consciente de la advertencia judicial- tenía preparadas las excavadoras para ese día, presentó "un recurso especial" ante la Sala III del Tribunal Supremo (la máxima instancia judicial). Le pedía que revisase la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

A cambio de admitir el recurso y volver a estudiar el asunto, el Supremo exigió al arzobispado la entrega de una fianza de 68 millones de pesetas.

El arzobispado depositó inmediatamente un aval bancario por ese importe a través del Banco Atlántico y consiguió detener el derribo. La entrega del dinero no significa que el Supremo le dé la razón. Simplemente, que estudiará la sentencia.

El asunto, pues, lleva casi dos meses en manos del Tribunal Supremo, que estudia si revisa o no tan contundente sentencia. En el recurso, el arzobispado asegura que la orden de derribo del edificio dictada por el Tribunal Superior está basada "en un documento falso".

La fiscalía, a quien el Tribunal Supremo ha pedido que informe sobre la conveniencia de aceptar la revisión de la sentencia, ya ha dicho, por escrito, que no; es decir, que el recurso carece de fundamento y que, por tanto, la orden de demolición se ajusta a derecho.

La Iglesia sostiene que no es el edificio del templo religioso el que ha transgredido los linderos de los edificios colindantes, sino que son éstos los que han invadido los terrenos del templo. El edificio religioso fue construido con posterioridad a los otros edificios.

Sentencia inédita

Probablemente ésta es la primera vez en España que un tribunal ordena el derribo de un templo religioso. "En realidad, lo que habría que derribar es una parte de la iglesia, la que vulnera los linderos; aunque también es cierto que, tal como está construido el templo, la única solución es demolerlo casi entero", asegura el abogado Javier Dorca.Dorca defiende a los dos vecinos -José Carlos Fernández y Abdón Rodríguez- que decidieron llevar al arzobispado a los tribunales alegando que el edificio que ocupa la iglesia no respeta la distancia mínima legal de separación con sus casas.

Este hecho, unido a la altura del edificio religioso, ha provocado problemas de visibilidad a los vecinos de los inmuebles colindantes. "Desde que se construyó la iglesia, apenas entra luz solar en la casa de mis clientes, y ahora se ven obligados a tener encendida todo el día la luz eléctrica", afirma Javier Doma, que califica de absurdo el, argumento dado por el arzobispado para detener la demolición del edificio, y confía en que el Tribunal Supremo rechace revisar la orden del Tribunal Superior. "Eso sí", ironiza, "con la Iglesia hemos topado".

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