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LA TRAMA SALE A LA LUZ

El Poder Judicial insta al fiscal general del Estado a que se investigue al juez Javier Gomez de Liaño

Considera que puede haber delito en la presunta implicación del instructor con los acusadores del proceso

El Poder Judicial instó ayer al fiscal del Estado, Jesús Cardenal, a que se investigue al juez Javier Gómez de Liaño, instructor de las actuaciones sobre Sogeca ble, por entender que los hechos denunciados por el magistrado Baltasar Garzón sobre la conducta de su compañero pueden ser constitutivos de delito. El acuerdo, adoptado por unanimidad por la Co misión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, considera que los hechos relatados por Garzón son de "extraordinaria gravedad", indica a Cardenal que "ejercite las acciones penales corres pondientes" y le recuerda que la Constitución le encomienda "promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad ( ... ), así como velar por la independencia de los tribunales".

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La Permanente del Consejo del Poder Judicial se reunió en sesión extraordinaria como consecuencia del fax remitido por el propio Liaño el jueves por la tarde, en el que pedía que la Inspección del citado organismo investigase los hechos relatados por Garzón.Liaño, que negaba los datos sobre su participación en reuniones con los acusadores, señalaba que Garzón hacía sobre él imputaciones tan graves que "reclamarían la actuación inmediata del Ministerio fiscal para el ejercicio de las acciones penales o disciplinarias pertinentes". Es obvio que las acciones que pedía Liaño lo eran para Garzón y no para sí mismo.

En un auto por el que se abstenía en la recusación de Liaño presentada por el consejero delegado de Sogecable, Juan Luis Cebrián, Garzón señalaba: "En sustancia, tanto uno como otro testigos [el juez Joaquín Navarro Estevan y el catedrático Jesús Neira] -a los que conozco y con los que me une una cordial relación-, me han comentado en diferentes ocasiones ya personalmente, ya a través de¡ teléfono, alguno de los encuentros, charlas, reuniones -incluso a una de ellas llegué a ser invitado a asistir, declinando el ofrecimiento-, que se dicen mantenidas por el Ilmo Sr. Gómez de Liaño, juez instructor, el Sr. García Trevijano y otras personas; o del Sr. Instructor recusado, otras personas y el Sr. Campmany".

La conspiración

En esas reuniones se trataron, según el auto de Garzón, "aspectos relacionados con el fondo de las querellas, la forma de apoyar la acción inicial a través de otras acciones, la necesidad de que el procedimiento debía pervivir el mayor tiempo posible en una labor prospectiva, aun cuando no existiera base para ello, y la conveniencia de tomar medidas de prisión respecto de algunos de los querellados".

Fuentes del Consejo del Poder Judicial consideraron ayer que los hechos a los que se refiere Garzón -si se prueban- constituyen, cuando menos, delito de prevaricación por parte de Liaño; y el fiscal del Estado debería haber tomado la iniciativa sin esperar a que el Consejo le recordase las funciones que le encomienda el artículo 124 de la Constitución. Al ser Gómez de Liaño un magistrado de la Audiencia Nacional, el órgano competente ante el que debería presentarse la eventual querella sería la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

El fiscal general- emitió una nota anoche en la que señalaba que había recibido el texto del acuerdo y "otra documentación" relacionada con el caso, que estaba siendo estudiada, y que si de ese estudio se estimase procedente, "se actuará en su momento en orden al ejercicio de las acciones penales a que hubiere lugar".Garzón no quiso comentar ayer la decisión del Consejo. Gómez de Liaño, según Efe, mostró su "conformidad" pues "satisface" su petición, "dirigida a investigar plenamente todos los hechos". Fuentes del Consejo precisaron que la decisión adoptada no supone que se haya dado la razón a Gómez de Liaño, puesto que éste pidió una inspección y el Consejo la niega, porque entiende que existe delito y eso conduce el asunto hacia la jurisdicción penal. Además, la Permanente indica al fiscal que investigue los hechos descritos por Garzón, no a Garzón.

Una vez que la trama ha salido a la luz, existen hechos ya conocidos cuya relación con los nuevos datos resulta interesante precisar. En el auto judicial del jueves se mencionan diversas reuniones de Gómez de Liaño con el denunciante del caso, Jaime Campmany, así como con el abogado Antonio García Trevijano y otras personas; todas ellas encaminadas a lograr que el procedimiento contra Jesús de Polanco se prolongara el mayor tiempo posible, "aun cuando no existiera base para ello", según el auto de Garzón. Fuentes jurídicas señalaron ayer que lo cierto es que tal objetivo se ha conseguido, puesto que el proceso lleva abierto siete meses.

Lo cierto es que la historia de las actuaciones de Liaño en la instrucción de la causa contra Sogecable recoge varias actuaciones extrañas que alargaron la causa. Entre ellas, la pérdida durante varios meses -entre el fiscal asignado al caso, Ignacio Gordillo, y el juez Gómez de Liaño- del recurso de los abogados de Sogecable en el que pedían el sobreseimiento del proceso. También, la pertinaz insistencia en mantener el secreto de las actuaciones que el instructor decretó desde el principio, incluso después de que la Sala de la que depende le ordenase levantarlo. Así como mantener la legitimación del primero de los querellantes, Javier Sainz Moreno, como abogado de la acusación, a pesar del dictamen contrario del Colegio de Abogados de Madrid; o el hecho de que Liaño, durante unos días en que estuvo de baja -y por tanto no era el juez del caso- se hizo llevar a su domicilio el informe de los peritos de Hacienda, impidiendo que lo consultaran los abogados de Sogecable.

Otras actuaciones de Liaño, como intentar criminalizar a los tres magistrados de la Sala que le revocaron varias de sus resoluciones sobre Sogecable por vulnerar derechos constitucionales, provocaron que el Consejo le abriera una investigación, primero; y un expediente disciplinario por falta grave después, que está actualmente en fase de tramitación.

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