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Tribuna
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¿Corrupción o linchamiento?

Las decisiones judiciales, sean autos o sentencias, tienen que, estar presididas por el principio de no contradicción. Por imperativo constitucional. No puede no haber coherencia entre la argumentación y el fallo. Cuando esto ocurre, la decisión está viciada de incongruencia. La incongruencia puede, además, darse tanto por acción como por omisión. Es decir, tanto porque existe realmente una contradicción entre lo que el órgano judicial argumenta y lo que decide como porque incluye en su argumentación lo que en ningún caso puede incluir u omite lo que en ningún caso no puede omitir para resolver el asunto sometido a su consideración. El poder judicial está sometido, sin excepción, a esta servidumbre. Y lo está constitutivamente. Porque es un poder del Estado, pero no es portador de una voluntad propia sino ejecutor de una voluntad ajena: la voluntad de los propios ciudadanos manifestada por sus representantes a través de la aprobación de la ley.El juez tiene que exteriorizar siempre de manera lógicamente convincente "su" dependencia de la ley. En ella reside el fundamento de su independencia frente a los demás poderes públicos y frente a los intereses privados. Dependencia de la ley e independencia del juez son las dos caras de la misma moneda. Justamente por eso, una decisión judicial viciada de incongruencia es algo muy grave. Supone la sustitución de la voluntad de la ley por el arbitrio del juzgador. La decisión judicial incongruente es el paradigma de la arbitrariedad. Supone la negación simultáneamente de los principios de unidad en la creación del derecho, legitimación democrática e independencia del poder judicial y, consiguientemente, la subversión de la propia función jurisdiccional. También por eso, el ordenamiento contempla vías para recurrir las decisiones viciadas de incongruencia en el interior del propio poder judicial o a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Hay decenas de sentencias en la materia.

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De esto es de lo que se ha acusado a la Sala Segunda del Tribunal Supremo en general y a su presidente en particular. La Sala, mediante la manipulación de una sentencia del Tribunal Constitucional, habría incurrido en arbitrariedad al sustituir la voluntad de la ley por la suya propia. Como la manipulación es una operación que sólo puede hacerse "a sabiendas", es claro que los magistrados habrían incurrido en prevaricación. La acusación es gravísima y debe ser investigada. Ante todo, por venir de quien viene. La ha formulado el presidente de una coalición que ha sido candidato a presidente del Gobierno en tres elecciones consecutivas, que ha sido consultado por el jefe del Estado en tres ocasiones para proponer candidato a presidente del Gobierno, que es el presidente del tercer grupo parlamentario... Ha sido una acusación pública y reflexiva. No creo que sea fácil encontrar ni en el pasado ni en el futuro una denuncia de corrupción institucional superior a ésta.

Si lo que ha dicho Anguita es verdad, los magistrados deberían ser procesados. Lo que no puede aceptarse es que aquí no ha pasado nada. O han delinquido los magistrados o ha delinquido Anguita. Lo que no se puede negar es la existencia del delito, después de haber sido portada de todos los medios de comunicación. Lo que está en juego es la independencia judicial. Bien por corrupción de los jueces. Bien por linchamiento político. No sé qué es peor: si aceptar la corrupción judicial, en el caso de que la haya habido, o aceptar el linchamiento de jueces no corruptos por motivos exclusivamente políticos.

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