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Una sentencia declara ilegal que Tráfico resuelva multas por delegación de Interior

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) considera ilegal que la DGT resuelva los recursos a las multas por delegación del ministro del Interior. Las delegaciones para sancionar y resolver los recursos están totalmente prohibidas, señala el tribunal, que declara nula una sanción de 40.000 pesetas y la retirada del carné de conducir durante un mes. Tráfico ha movilizado a sus servicios jurídicos para evitar que la sentencia siente jurisprudencia.La mayoría de los conductores cazados en una infracción asumen su culpa, pagan y procuran olvidarse del incidente. Pero cada vez son más los que intentan probar la vía del recurso para eludir la sanción cuando el dinero a pagar alcanza cifras considerables, y mucho más si conlleva la retirada del carné y el afectado es un profesional de la carretera.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJG acaba de dar un paso en favor de los conductores sancionados, por una cuestión de procedimiento. A la sala se le presentó la procedencia de una resolución de la DGT de 8 de mayo de 1995, que desestimaba, un recurso contra otra anterior resolución, dictada por la Jefatura Provincial de Tráfico. de A Coruña, por la que se impuso al recurrente una multa de 40.000 pesetas y la suspensión por un mes del permiso de conducir, por exceso de velocidad. En el recurso se planteaba la nulidad del acto recurrido, por haber sido dictado por el director general deTráfico, en delegación del Ministro del Interior, tratándose de materia sancionadora. "en la que las delegaciones están totalmente prohibidas por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1992), cuyo articulo 16 veda en esta materia la delegación de la firma", dice el tribuna.

Nulidad plena

La sentencia es concluyente. Estima la nulidad plena de la actuación de la DGT, a la cual considera órgano incompetente en la resolución del recurso. Es verdad -añade el fallo judicial- qué la ley de Seguridad de Tráfico de 1990 autoriza al ministro del Interior para delegar esta competencia en el director general de Tráfico, "pero hay que entender que la Ley de Régimen Jurídico, como más moderna, derogó a la anterior eneste particular que contradice".Los despachos jurídicos especializados en recurrir multas han ganado clientela en los últimos años al conseguir suspender miles de sanciones por nulidad de procedimiento. Las suspensiones de carné eran ordenadas por los jefes, provinciales de Tráfico "por delegación", cuando sólo estaban facultados para ello los gobernadores, civiles, delegados del Gobierno o la propia DGT. "Nadie puede actuar en delegación de la DGT ni del Ministerio del Interior", afirma Ángeles de Miguel, de la asesoría jurídica del Real Automóvil Club de España (RACE). "El incremento de sanciones multiplicó extraordinariamente los recursos, que acumulan hasta cinco años de retrasó", dice Mario Arnaldo, otro especialista en derecho de seguridad vial, que ya ganó un caso en 1992 por indebida delegación.

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