Euskadi restringe el paso de camiones sin origen o destino en su territorio
Los camiones de más de 7.500 kilos no pueden circular los domingos y demás festivos desde el pasado marzo por las carreteras vascas, excepto si inician o terminan su viaje en la comunidad autónoma. Así lo ha determinado la Consejería de Interior del Gobierno de Vitoria. La prohibición afecta a los transportes que "tengan su origen y destino fuera" del territorio vasco. Puede circular un camión desde Cantabria a Irún (Guipúzcoa), pero no si se dirige unos kilómetros más allá, a Hendaya, en el País Vasco francés.
La normativa ha sido recurrida por una asociación de transportistas cántabros, que la considera discriminatoria e inconstitucional. Las medidas especiales de regulación de tráfico para el año 1997, aprobadas. por la Dirección de Tráfico y Parque Móvil del Gobierno vasco el pasado mes de febrero, no establecen restricción alguna para los vehículos de transporte de las mismas características que inicien o finalicen su recorrido en la comunidad vasca.Esta norma, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco el pasado 17 de marzo, ha motivado la presentación de un recurso por parte de una asociación de camioneros de Cantabria, que ha alegado ante la Adminsitración autónoma la inconstitucionalidad de la medida.
La normativa contempla excepciones a la prohibición para camiones que transporten gases licuados de uso doméstico hasta centros de distribución o a los consumidores, y materias destinadas al aprovisionamiento de estaciones de servicio y gasóleos de calefacción. También se pueden acoger a la excepción y circular en tránsito por el País Vasco los camiones pesados que transporten gases destinados a centros sanitarios, mercancías perecederas y animales vivos.
Las medidas de regulación del tráfico establecen limitaciones a la circulación de distintos tipos de vehículos (camiones pesados o transporte de mercancías peligrosas) "por razones dé seguridad vial y fluidez en la circulación" desde "las cero horas hasta las 24.00 horas de domingos y festivos" y fechas que coincidan con desplazamientos masivos.
La nueva normativa establece la posibilidad de endurecer las restricciones y ampliar el horario de prohibición "en función de las condiciones en que se este desarrollando el tráfico". Esta decisión queda al criterio de "los agentes encargados de la vigilancia".
Fuentes de la Consejería de Interior del Gobierno vasco señalaron ayer que desconocen qué sanciones pueden imponerse a los infractores o si desde la publicación de la norma se ha producido ya algún caso.
[Desde Santander, el portavoz parlamentario de la Unión para el Progreso de Cantabria (UPCA), José Ramón Saiz, declaró ayer que considera inconstitucional esta limitación. Según Saiz, es discriminatoria y vulnera la Constitución, que reconoce la igualdad de los españoles ante la ley, el derecho a circular por el territorio nacional y el libre tráfico de mercancías, informa Efe.
La UPCA opina que la medida trata de favorecer a los transportistas vascos en detrimento de los de otras comunidades, por lo que, a su juicio, también se conculca el principio de libre competencia. La UPCA ha presentado una iniciativa en la Asamblea regional para que el Gobierno de Cantabria ejerza cuantas acciones políticas o jurídicas sean necesarias contra esa normal.
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