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El Senado autoriza a la grúa a llevarse los coches en zonas de aparcamiento limitado

La grúa municipal podrá llevarse los automóviles estacionados incorrectamente incluso en zonas de aparcamiento limitado gracias a una reforma de la Ley de Seguridad Vial aprobada ayer por el Pleno del Senado para reforzar las competencias de los ayuntamientos en materia de tráfico. Esta modificación legal, que ha contado con el apoyo expreso de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), acaba con las lagunas jurídicas que dificultaban a los ayuntamientos el control de las zonas de aparcamiento limitado e intenta poner fin a las diferentes interpretaciones que los tribunales han dado al asunto al atender los recursos planteados por los conductores. La aprobación de esta reforma se ha realizado por unanimidad.

Junto a la clarificación legislativa que da cobertura a los aparcamientos limitados, la modificación establece que la grúa podrá llevarse coches mal estacionados "cuando obstaculicen o dificulten la circulación o supongan un peligro para ésta" y también cuando se encuentren incorrectamente aparcados en las zonas, de estacionamiento restringido". Se prevé asimismo que, en estas áreas limitadas, el vehículo que carezca de título que habilite para su estacionamiento podrá ser inmovilizado hasta que se logre la identificación del conductor.

Paralelamente, la reforma incluye otras medidas que mejorarán el procedimiento de tramitación y cobro de la sanciones que impongan los ayuntamientos por infracciones de tráfico, con la finalidad de lograr el cobro efectivo de las multas.

Alcohol y drogas

Otro aspecto importante de los cambios de la Ley de Seguridad Vial acordados ayer por el Senado es el endurecimiento de las sanciones a los conductores que circulen bajo los efectos del alcohol o las drogas, y a aquellos que se nieguen a someterse a pruebas de alcoholemia a requerimiento de los agentes de la autoridad, que pasan a considerarse infracciones "muy graves". Se han tipificado también como infracciones muy graves conducir de forma negligente y "arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios".También se incorpora una nueva graduación de las multas, más punitiva, de manera que las infracciones leves serán sancionadas hasta con 15.000 pesetas, las graves hasta con 50.000 pesetas y retirada del carné por un tiempo máximo de tres meses, y las muy graves con multas de hasta 100.000 pesetas y suspensión del permiso de conducir por un plazo máximo de seis meses.

La asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA) anunció ayer su intención de recurrir ante el Supremo la reforma de la Ley de Seguridad Vial aprobada por el Senado por considerar que mezcla aspectos fiscales con los estrictamente relacionados con la seguridad vial urbana.

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Mario Arnaldo, dirigente de AEA, afirma que la reforma tiene aspectos discutibles desde el punto de vista legal, sobre todo los referidos al régimen municipal de las zonas de estacionamiento limitado. A su juicio, con esta reforma se corre el riesgo de que los ayuntamientos acaben "privatizando" las calles de las ciudades a través de los aparcamientos limitados, ya que su gestión se concede a "intereses privados" a través de las empresas concesionarias del servicio.Tampoco está de acuerdo la AEA con la facultad otorgada" por la reforma a los ayuntamientos. para inmovilizar los vehículos estacionados incorrectamente en zonas limitadas, ya que esta asociación entiende que si la filosofía de este sistema es rentabilizar al máximo la ocupación del espacio urbano, sí es lógico que la grúa retire los coches, pero no que los inmovilice con cepos.

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