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LA POLÉMICA FISCAL

De vientos a tempestades

La denuncia de los 600 expedientes fiscales desata la primera gran tormenta política de esta legislatura

La primera gran tormenta política de esta legislatura se ha desatado con virulencia. El secretario de Estado de Hacienda, Juan Costa, levantó la pasada semana las alfombras y denunció la existencia de 600 expedientes de fraude fiscal que estaban a punto de prescribir por "negligencia" del anterior Gobierno. La oposición socialista salió de su letargo y se revolvió contra la acusación de favorecer a sus amigos con una presunta amnistía fiscal. Exigió pruebas, pero el Gobierno reconoció que no existen. El viento sembrado por Costa desencadenó una tempestad que ha desenterrado el hacha de guerra de la corrupción y ha. situado los impuestos, como nunca hasta ahora, en el ojo del huracán. Las claves de esta polémica tienen el siguiente desarrollo cronológico.Año 1989. El Ministerio de Hacienda destapa el fraude de los seguros a prima única generado durante los años 1986 a 1999. Este era un producto financiero revestido de seguro que, según Hacienda, era un depósito a plazo y que, por ello, debía estar sometido a una retención fiscal del 25% que no se practicó. Hacienda consideró que algunas entidades financieras -La Caixa, en mayor medida pero también La Unión y El Fénix, La Estrella y Euroseguros, entre otras- utilizaron este instrumento para captar dinero negro. Las entidades alegaron que la Dirección General de Seguros, dependiente del Ministerio de Economía, autorizó que el producto se comercializara como un seguro y por tanto, sin retención fiscal. El número de suscriptores fue de 879.564 y el volumen de recursos captados por este procedimiento rozó el billón de pesetas.

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La primera batalla legal se centró en la obtención de las listas de suscriptores, y Hacienda ganó ante los tribunales. La segunda batalla, también ante los tribunales, está aún por dirimir. En octubre de 1994, dos años después de haber iniciado la inspección, Hacienda levantó ocho actas a La Caixa por valor de 39.033 millones de pesetas. Después empleó otros dos años en revisarlas y efectuar esta liquidación; es decir, entre que los inspectores actuarios presentaron la propuesta y el inspector jefe la ratificó. En los demás casos, el plazo fue inferior.

Julio de 1991. Es el año de la regularización o amnistía fiscal. El 28 de junio de ese año el Estado emite la denominada deuda pública especial a suscribir por quienes quisieron ponerse al día con Hacienda. La duda surgió a la hora de determinar si alguien con una inspección abierta podía suscribir la deuda. La Dirección General de Tributos, el 18 de julio de ese año, resuelve que la inspección no termina hasta que el jefe de la oficina técnica liquida. Hasta ese momento, el afectado podía suscribir la deuda. Con esa medida, Hacienda abrió la mano para que la regularización tuviera mayor éxito. Este informe ha sido esgrimido en la polémica para argumentar que Hacienda ya se inclinó en esa fecha por considerar la inspección en toda su amplitud. Pero el informe no entra en la cuestión de fondo: si la interrupción durante más de seis meses de las actuaciones inspectoras, en cualquiera de sus fases, interrumpe la prescripción.

Septiembre de 1991. Los tribunales empiezan a emitir sentencias que quitan la razón a Hacienda. La primera, de septiembre de 1991, es del Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia. Determina que la inspección no puede interrumpirse durante más de seis meses desde que se confecciona el acta previa hasta que el inspector jefe liquida.

Noviembre de 1994. La primera sentencia de la Audiencia Nacional contraria a las tesis de Hacienda se produce en esta fecha. Un informe de auditoría interna encargado por la dirección de la Agencia Tributaria en ese año, revela que los expedientes tardaban más de dos años en concluirse, lo que se considera una grave deficiencia.

12 de diciembre de 1994. La dirección general de la Agencia Tributaria pone en marcha en la inspección regional de Madrid un plan para dar mayor agilidad en la resolución de los expedientes.

2 de febrero de 1995. La dirección de la Agencia Tributaria envía una circular a todos los inspectores regionales para "ir minimizando los efectos que pueda suponer la consolidación de esta tendencia jurisprudencial"; es decir, la que estableció la Audiencia Nacional.

28 de febrero de 1996. El Tribunal Supremo falla por primera vez sobre el asunto. Responde a una reclamación de la empresa Celulosas de Asturias, SA a quien Hacienda le exigía deudas de los ejercicios 1985 a 1988. El acta fue levantada por Hacienda en el año 1990 pero el jefe de la inspección no la liquidó hasta abril de 1992. El Tribunal Supremo entiende que por este motivo la deuda ha prescrito. El magistrado del Supremo Alfonso Gota Losada presenta un voto particular contrario.

15 de marzo de 1996. La dirección de la Agencia Tributaria envía una comunicación a las delegaciones de Hacienda en la que señala que la sentencia del Supremo no sienta jurisprudencia al respecto "al tratarse de una sentencia aislada". No obstante, añade, "no deja de suponer un importante pronunciamiento judicial que, sin duda, influirá decisivamente en las sentencias que, sobre el tema, se dicten en el futuro". Por ello "reitero a V.I. la necesidad de que por esa Delegación Especial se adopten todos los medios precisos para que las actas extendidas por la Inspección de los Tributos sean objeto de la oportuna liquidación en el plazo reglamentariamente previsto y, en todo caso, inferior a seis meses".

6 de mayo de 1996. El PP gana las elecciones y el Gobierno saliente efectúa el traspaso de poderes. La dirección de la Agencia Tributaria entrega entonces dos amplios documentos (de 105 y de 38 páginas) donde se señalan los problemas pendientes. Entre ellos se informa de la sentencia del Supremo y se señala que, si bien no sienta jurisprudencia, cabe prever que ésta se producirá. Textualmente se dice: "Desde hace tiempo y como consecuencia de dichos pronunciamientos, la Agencia ha venido adoptando las medidas necesarias con lo que se ha conseguido que la totalidad de los órganos liquiden dentro del plazo reglamentario, con la única excepción de la Delegación de Madrid, donde se han desarrollado planes especiales durante 1995 para resolver el problema".

16 de diciembre de 1996. El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), dependiente orgánicamente del Ministerio de Economía y Hacienda, cambia el criterio que mantenía hasta entonces. En una sentencia de esa fecha da la razón a la empresa Cofir, en contra de Hacienda, y declara prescrita una deuda de 32 millones de pesetas generada en el año 1988 al tardarse casi dos años en liquidar el correspondiente acta.

14 de enero de 1997. El secretario de Estado de Hacienda, Juan Costa, anuncia públicamente que 200.000 millones de pesetas se van a dejar de ingresar por 600 expedientes de fraude fiscal que habrían prescrito por una "inminente" segunda sentencia del Supremo. Culpa de los "retrasos e irregularidades" en la gestión de estos expedientes al anterior equipo socialista. Se inicia así una escalada de la tensión al acusar dirigentes del PP al anterior Gobierno de haber favorecido así "a sus amiguetes". El presidente del Gobierno, José María Aznar, lo califica de "amnistía fiscal" y dice que con el dinero que se va a perder se podía haber subido el sueldo a los funcionarios.

20 de enero de 1997. Se hace pública la esperada segunda sentencia del Tribunal Supremo. En ella no se sienta la jurisprudencia necesaria, ya que su fallo no entra en la cuestión a debate. Ratifica que no se pueden interrumpir las actuaciones durante más de seis meses en la primera fase de la inspección; es decir, hasta que se elabora el acta previa. Su ponente, Alfonso Gota Losada, da la razón a la propietaria de una joyería de Córdoba y declara prescrita su deuda por el impuesto del lujo. El Gobierno insiste en que, pese a ello, los 600 expedientes han prescrito. En esta situación estarían algunos de los expedientes por las primas únicas.

Esta larga historia tiene su próximo y seguramente no último capítulo en la comparecencia de Costa el próximo miércoles día 29 en el Congreso para justificar su denuncia.

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