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Hacienda asume que los contribuyentes no depositen fianzas en los recursos

El Gobierno asumirá la doctrina del reciente auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que exime a los ciudadanos de la obligatoriedad de depositar una fianza o un aval bancario como condición previa para impedir la ejecución de un requerimiento de pago de Hacienda (véase EL PAIS de ayer). El propósito de adaptar la normativa al contenido del fallo judicial se plasmará en el nuevo Estatuto del Contribuyente que el Gobierno va a aprobar "en las próximas semanas", según anunció ayer el secretario de Estado de Hacienda, Juan Costa.El estatuto ordenará la devolución inmediata de avales y fianzas exigidas por deudas tributarias e introducirá garantías para que ningún contribuyente quede indefenso ante los tribunales, en caso de disconformidad con Hacienda, por no poder hacer frente a exigencias económicas de carácter cautelar. El secretario de Estado, que conoció en la mañana de ayer, en las páginas de este periódico, el contenido del auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, anunció estas importantes e inminentes reformas de funcionamiento en la Administración tributaría en Santiago de Compostela.

"Vamos a introducir cambios en esta línea", declaró en la capital gallega, adonde se había desplazado para explicar el nuevo sistema de financiación autonómica dentro de un seminario organizado por el Instituto Privado Galego de Estudios Xurídicos. La intención del secretario de Estado de Hacienda es que en el Estatuto del Contribuyente "se flexibilice la posibilidad de recurrir y cuestionar las decisiones de la Administración tributaría", como mejor modo de adaptar la normativa al fallo emitido el 20 de noviembre por el tribunal catalán. "De esa manera", agregó Costa, "los ciudadanos no tendrán que garantizar el conjunto de sus deudas para presentar un recurso".

Intereses públicos

Con todo, Costa advirtió que el auto "hay que verlo en sus justos términos", ya que deja abierta la posibilidad de que la Abogacía del Estado reclame la ejecución cautelar de una deuda que, en caso de no ser satisfecha, "perturbe de forma grave los intereses públicos". De ese modo, dijo, no se elimina de forma absoluta la posibilidad de "exigir garantías para que una deuda pueda ser cobrada en el futuro", puesto que los avales y fianzas son instrumentos con los que Hacienda defiende intereses "del conjunto de los ciudadanos".Costa destacó que el auto reconoce que "se puede causar algún perjuicio económico" a los contribuyentes obligados a presentar una fianza previa, sobre todo porque ésta es de "difícil recuperación" en caso de que prospere el recurso contra la deuda reclamada. Según Costa, con el fallo se garantizan "preceptos constitucionales" como "el principio de tutela judicial efectiva".

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