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Huida hacia adelante

Juan Pablo Cardenal

El 26 de julio de 1990, Laura, una salmantina de 46 años residente en Madrid, cruzaba la calle de Alcalá cuando fue embestida por un motorista que se dio a la fuga. Resultado: un mes y medio ingresada en un centro hospitalario, cinco operaciones y seis años de sufrimiento, además de invalidez permanente.Aunque en 1995 fue indemnizada por el Consorcio de Compensación de Seguros, Laura destila amargura por la resolución judicial: "Después de que alguien anotase la matrícula del motorista, se le absolvió por falta de pruebas. Me dolió mucho que no se le castigase".

En cualquier caso, si se hubiese podido probar la culpabilidad del motorista, por el hecho de carecer de seguro sólo se le habría podido sancionar administrativamente.

Más información
Los vehículos sin seguro protagonizan más de 10.000 accidentes de tráfico anuales

La situación cambió con la aprobación el pasado mayo del nuevo Código Penal, que tipifica el carácter de seguro obligatorio de responsabilidad civil como falta contra el orden público y lo castiga con la pena de multa de uno a dos meses. Asimismo, la ley sobre responsabilidad civil y del seguro en la circulación de vehículos a motor establece una sanción de 100.000 a 500.000 pesetas. Según fuentes de los juzgados de Barcelona, ahora se tramita allí semanalmente una media de 60 denuncias de la Jefatura Provincial de Tráfico.

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