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Liaño reafirma la legalidad de citar a los diputados sobre los 'papeles del Cesid'

El juez Javier Gómez de Liaño, instructor del caso Lasa-Zabala, reafirmó ayer en un auto que es perfectamente legal llamar a declarar a los diputados de la Comisión de Secretos Oficiales para que testifiquen sobre el contenido de los papeles del Cesid´sobre la guerra sucia, que el Gobierno se ha negado a desclasificar. El magistrado tiene copias de lo, documentos que supuestamente se encuentran en el Cesid y desea preguntar a los diputados si esa copias se corresponden con los papeles a los que tuvieron acceso como miembros de la comisión.

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Con el testimonio de los diputados, los documentos incorporados al sumario adquirirían un gran valor como prueba, según el criterio de Liaño. Estos parlamentarios son Rodrigo Rato (PP), Joaquín Almunia (PSOE), Joaquín Molins (CiU), Iñaki Anasagasti (PNV), Rosa Aguilar IU) y Luis Mardones (CC).El magistrado, en un auto por el que rechaza un recurso presentado por el general Enrique Rodríguez Galindo y los otros cuatro principales procesados en el caso Lasa-Zabala, destaca que la doctrina del Tribunal Supremo establece que "frente al delito no cabe secreto". En su sumario se investigan el, secuestro, torturas y asesinato de los dos presuntos etarras, José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala.

Además, recuerda que es obligado "prestar la colaboración requerida por los jueces en el curso de un proceso", como establece el artículo 118 de la Constitución. Añade que el "Estado de Derecho tiene como una finalidad esencial el poner fin a las llamadas inmunidades del poder", y que revelar datos "a la autoridad judicial que investiga la posible comisión de un delito concreto no integra delito alguno, sino que es una obligación del funcionario implicado que no puede ampararse en el artículo 417 de la ley de Enjuiciamiento Criminal". Este artículo señala que no se podrá obligar a declarar como testigos a los funcionarios que no pudieren hacerlo sin violar el secreto que por razón de sus cargos estuvieran obligados a guardar.

El secreto, puntualiza el juez, no puede ser obstáculo para la investigación de un delito concreto, y concluye: "Téngase mi en cuenta que, se mire por don se mire, el posible testimonio los señores diputados no es m que una diligencia de investigación sumarial que un juez instructor puede acordar en el ejercicio de su función".

Gómez de Liaño asegura que su decisión fue ajustada a derecho y que esperará la respuesta de la Mesa del Congreso antes pronunciarse.

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El juez señala que las medidas adoptadas para que Galindo no obstruya el proceso no agravan su libertad provisional y tienen por objeto que "la Justicia no vea frustrada por maniobras perturbadoras de la instrucción cosa, por cierto, que los últimos sucesos procesales parece estar acreditando que existen".

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