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Defensa de la Competencia sanciona a cuatro cajas de Cataluña y Baleares

El Tribunal de Defensa de la Competencia ha condenado a las cajas de Manresa, Terrassa, Tarragona y Sa Nostra de Baleares, al pago de sanciones por un importe total de 110 millones de pesetas, por una "práctica restrictiva de la competencia consistente en la celebración de un acuerdo de reparto de mercados". La decisión del Tribunal de Defensa de la Competencia, la primera de éste tipo en España, se ha producido a instancias de la Asociación de usuarios de servicios bancarios (Ausbanc).La denuncia se produjo después de que las cuatro entidades financieras anunciaran, en octubre de 1993, un acuerdo de colaboración para unificar sus redes de cajeros automáticos y aplicar una política comercial común. El pacto también implicaba que ninguna de las entidades firmantes abriría nuevas sucursales en las zonas naturales de cada una, es decir un pacto de "no competencia en las respectivas zonas de influencia", según reza el texto de la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia.

A pesar de que el acuerdo quedó sin efecto en abril de 1995, cuando las cajas decidieron abandonar su política de colaboración conjunta el Tribunal considera que el pacto atentaba con tra el artículo 1.1 c de la Ley de Defensa de la Competencia.

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