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Hacienda inspecciona desde hace un año a 20 organizaciones patronales miembros de la CEOE

Cuatro unidades regionales de la Inspección de Hacienda de Madrid llevan a cabo desde hace un año una investigación de al menos 20 organizaciones patronales afiliadas a la CEOE, según fuentes de la confederación empresarial. Los inspectores intentan demostrar que estas sociedades "sin ánimo de lucro" no han declarado rendimientos procedentes de letras del Tesoro.Hasta la entrada en vigor de la nueva ley el Impuesto de Sociedades, el pasado enero estaba claro si estos rendimientos debían declararse. Fuentes oficiales de Hacienda han declinado hacer comentarios.

Entre las organizaciones afectadas, unas 20, según han podido contabilizar los servicios centrales de la CEOE por las consultas efectuadas hasta ahora, están algunas de la importancia de Confemetal (metal), Unespa (seguros), la patronal de agencias de viajes y la de fabricantes de papel. Además de en Madrid, donde hay cuatro unidades dedicadas a esta investigación, se han producido actuaciones en las organizaciones territoriales de Asturias y Sevilla. La investigación se inició el pasado año como parte del plan de inspección de 1995 que tenía el objetivo marcado de detectar posibles fraudes en las entidades sin fin de lucro, dentro de las cuales se enmarcan las organizaciones empresariales y también los partidos políticos y los sindicatos. Las actuaciones iniciadas entonces, con el Gobierno socialista, se interrumpieron momentáneamente pero se reanudaron antes de las pasadas elecciones y ahora prosiguen, con el Gobierno del PP, y pese a las buenas relaciones que éste mantiene con la cúpula empresarial. El pasado año no se levantaron actas y, desde la patronal CEOE, se detectó que se habían parado las actuaciones que en un primer momento afectaron, entre otras, a las organizaciones sectoriales de la construcción. Fuentes de la CEOE han expresado su "sorpresa" por que la inspección haya vuelto a actuar precisamente días antes de las elecciones y creen que el nuevo Gobierno ha recibido así "un caramelo envenenado". Los inspectores buscan rendimientos no declarados procedentes de inversiones en letras del Tesoro que no tienen la retención fiscal del 25%, a diferencia de los demás activos financieros, aunque son nominativas; es decir, el nombre del titular debe consignarse a la hora de percibir los rendimientos. Buscan también la relación de proveedores, ya que las entidades sin ánimo de lucro no están obligadas a hacer declaración anual de ingresos y pagos a Hacienda, por lo que la inspección sospecha que algunas de las transacciones se han podido realizar en dinero negro.

Las entidades sin ánimo de lucro tienen una tributación especial que se ha modificado con la nueva Ley del Impuesto de Sociedades que entró en vigor el 1 de enero de este año. Hasta ese momento, estas sociedades tenían un régimen de exención parcial; es decir, no tributaban salvo por los beneficios obtenidos de explotaciones económicas ajenas. Tampoco pagaban impuestos por los rendimientos derivados de su patrimonio cuando su uso estuviera cedido; ni por los incrementos de patrimonio o plusvalías, salvo en las transmisiones gratuitas; ni por los rendimientos sometidos a retención en el impuesto de sociedades, aunque en este caso se consideraba que la retención se aplicaba como impuesto mínimo y definitivo de forma que no había que declararlos.

La entidad que obtuviera alguno de estos rendimientos no exentos debía declararlos y tributar por ellos a un tipo especial del 25% (35% para las sociedades anónimas en general). A partir de la nueva ley, las entidades sin fin de lucro no están exentas y únicamente lo que se hace es una relación de los rendimientos que sí lo están; es decir, lo mismo que antes pero puesto en positivo y con el mismo tipo del 25%. En la norma anterior no estaba claro, en concreto, si los rendimientos derivados de letras del Tesoro (no sometidos a retención) debían o no tributar. La creencia de las organizaciones empresariales, era que no, aunque en la modificación del impuesto de sociedades posterior se ha determinado que sí.

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