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El caso italiano

La posibilidad de que la controversia sobre la asignatura de religión llegue al Tribunal Constitucional nunca ha sido planteada por la Conferencia Episcopal, aunque sí por quienes se oponen a esa disciplina y, sobre todo, a su alternativa obligatoria. El caso de Italia puede contribuir al debate, puesto que allí la Corte Constitucional zanjó el asunto el 18 de enero de 1991. -La decisión del alto tribunal italiano fue que el estudiante de escuela o colegio público que no quisiera acudir a clase de religión podría ausentarse del aula. Según el Concordato de 1989 entre la Santa Sede y el Estado italiano, éste debe garantizar la enseñanza de la religión en la escuela, pero los alumnos, o los padres, pueden decidir la no asistencia.

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El artículo del Concordato establece: "La República Italiana, reconociendo el valor de la cultural religiosa y teniendo en cuenta que los principios del catolicismo forman parte del patrimonio histórico del pueblo italiano, seguirá garantizando, en el. cuadro de la finalidad de, la escuela, la enseñanza de la religión católica en las escuelas públicas no universitarias de cada orden y grado. Por respeto a la libertad de conciencia y a la responsabilidad educativa de los padres, se garantiza el derecho de optar entre servirse o no servirse de esta enseñanza. Los estudiantes o sus padres ejercerán tal derecho a petición de la autoridad escolar en el momento de la inscripción, sin que su opción pueda dar lugar a forma alguna de discriminación".

La Iglesia y la Democracia Cristiana habían interpretado, hasta el fallo del tribunal superior, que los alumnos que no diesen religión debían dar otra asignatura alternativa o bien no asistir, pero sin abandonar el colegio. Por contra, los laicos interpretaban que, por no ser obligatoria la clase de religión, debía programarse a primera o última hora, para que quienes no quisieran acudir pudieran irse de la escuela: esta propuesta llegó incluso al Parlamento. La decisión del Constitucional apuntaló definitivamente la plena libertad del alumno.

La religión no recibe en Italia calificación académica, por lo que no tiene influencia en la nota media ni en el acceso a la universidad. La decisión constitucional autoriza a cada colegio a colocar la hora de la religión donde quiera en la jornada escolar.

Francia

En Francia la escuela pública no imparte asignatura de religión. Sí forma parte de la enseñanza de la Historia. En un sondeo de 1991, la posibilidad de esa asignatura sólo ocupaba un quinto puesto entre las materias que los encuestados quisieran ver en la escuela: mundo del trabajo, informática, prevención sanitaria o educación del consumo.

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