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La Audiencia convalida 'escuchas' del juez Bueren que anuló Gómez de Liaño

La Audiencia Nacional ha declarado la validez de una intervención telefónica ordenada por el ex juez de la Audiencia Nacional Carlos Bueren para investigar la introducción en España de entre cinco y ocho toneladas de cocaína, y ha desautorizado la decisión de su sustituto en el juzgado, Javier Gómez de Liaño, de declararla nula. La resolución de la Audiencia Nacional aclara también el alcance de dos de las resoluciones de Gómez de Liaño, que provocaron la "alarma" de la fiscalía al deducirse de las mismas que pretendía decretar la nulidad automática de otras 150 investigaciones del juez Bueren en asuntos de narcotráfico.

La decisión de la Audiencia Nacional estima el recurso de la Fiscalía Antidroga en cuanto a declarar válida la intervención telefónica y las prórrogas de la misma ordenadas por el magistrado excedente Carlos Bueren, aunque admite que Gómez de Liaño, como nuevo instructor, pueda poner fin a las escuchas acordadas por su predecesor. La resolución fue uno de los últimos acuerdos del tribunal que preside José Antonio Jiménez-Alfaro, antes del atentado.El tribunal explica que en una materia que afecta a derechos fundamentales como es un pinchazo, la motivación hay que referirla "no tanto a la pulcritud técnica del auto, como al motivo o razón de ser de la intervención telefónica". Analizan después la autorización de Bueren, en la que se dice que en una investigación que ya está en marcha se ha descubierto una organización que planea introducir en Galicia 8 toneladas de cocaína procedentes de sudamérica.

Bueren autoriza la intervención el 26 de octubre de 1995 y dos meses después, al autorizar la primera prórroga, describe que ya se ha iniciado la ejecución del plan previsto. Al autorizar la segunda prórroga, en el plano policial ya se sabe quiénes forman parte de la organización y el barco que introducirá la droga.

Para el tribunal, éstas "no son medidas que se acuerdan en un vacío investigador y para ver si se descubre algo", sino que "se deciden a la vista del resultado que se va obteniendo, en base a la misma y a otras diligencias de investigación y como medio de abortar la entrada de tan importante cantidad de cocaína". En suma, la motivación, aunque sucinta, "cumple las exigencias constitucionales" a juicio del tribunal, por lo que se declaran válidas la intervención y las prórrogas acordadas por Bueren y serevoca la declaración de nulidad de Gómez de Liaño.

Los magistrados analizan también una decisión de Gómez de Liaño que parecía extender los criterios utilizados para decretar la nulidad "a todas aquellas actuaciones o diligencias de este juzgado donde existan intervenciones telefónicas en situación de prórroga al día de hoy".

Esta afirmación provocó la alarma de la Fiscalía Antidroga ya que., como dice la Audiencia, "en principio puede parecer que lo acordado [por Gómez de Liaño] conlleva la nulidad automática de las prórrogas" en el centenar y medio de escuchas que había acordado Bueren.

La Audiencia Nacional "acota" el contenido del auto de Gómez de Liaño y explica que "tal peligro no existe", ya que dicho acuerdo no se contiene en la parte dispositiva de la resolución y no pasaría de ser un "un juicio de intenciones" del instructor.

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