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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

La apuesta del jurado

LOS PRIMEROS juicios con jurado celebrados en las audiencias de Palencia, Valencia y Palma de Mallorca no han defraudado la expectación despertada por la puesta en marcha de una institución prevista en la Constitución pero que ha tardado 17 años en hacerse realidad. Tales juicios se han desarrollado en condiciones de normalidad y de respeto por el procedimiento iguales a las de una vista oral ante un tribunal de jueces profesionales. Los veredictos han sido coherentes con las pruebas aportadas en los distintos casos, si bien en el caso enjuiciado en Valencia el juez ha corregido el error del jurado de pedir la aplicación del agravante de abuso de confianza. Las sentencias de los jurados son, en cualquier caso, recurribles ante los tribunales superiores de justicia de la comunidad autónoma respectiva.Para el futuro del jurado ha sido muy positivo que su reimplantación, a los sesenta años de haber sido suspendido por Franco, se haya producido sin estridencias y en un clima, si no de aceptación general, sí muy alejado de las filias y fobias que concitó en el pasado. Hoy el jurado no tiene la carga ideológica de antaño ni constituye un elemento de disputa y enfrentamiento entre las fuerzas políticas. Tampoco la España de hoy es la agraria, caciquil e invertebrada que sobrevivió hasta la primera mitad de este siglo.

La sociedad española que en 1996 es convocada a participar democráticamente en la administración de justicia es más culta y está más cohesionada que la de hace cincuenta o cien años. Sólo algunos sectores muy minoritarios siguen empeñados en relacionar al jurado, en una visión tan distorsionada como injusta, con los tribunales populares de la tradición revolucionaria.

Pero es precisamente la azarosa historia del jurado y su polémica aceptación en el pasado lo que ha aconsejado a forzar las cautelas ante su reimplantación actual. La infinidad de borradores redactados en estos años ha servido para que la ley definitiva resuelva algunos puntos controvertidos sobre su composición, la naturaleza de su veredicto y el catálogo de delitos sometido a su jurisdicción. El retraso y la forma gradual con que se ha procedido a su implantación son factores que pueden contribuir a su éxito. El tiempo ha ayudado a debilitar resistencias, sobre todo en el estamento judicial, y a afianzar entre los ciudadanos la conveniencia de participar en un asunto colectivo como lo es la justicia.

Es cierto que, como ha denunciado el el Defensor del Pueblo, determinados colectivos profesionales han pretendido quedar excluidos del deber legal de participar en el jurado. Pero esa pretensión, que descalifica a quienes la han planteado, no deja de ser una excepción. La mayoría de los ciudadanos, con la lógica ansiedad que produce el hecho de juzgar a un semejante, han aceptado este nuevo modo de participación democrática, como lo demuestra el proceso de selección de candidatos a formar parte del tribunal del jurado en los aproximadamente mil juicios por este procedimiento previstos para 1996. El número de los que han alegado algún tipo de excusa legal para no ser jurados entra dentro de lo razonable. Y aunque es controvertido si cabe la objeción de conciencia frente a un deber cívico, como es participar en la administración de justicia, sí parece aconsejable hacer una interpretación lo más flexible y generosa posible de las causas legales previstas para la exclusión de ese deber. El jurado no será una panacea ni un seguro contra las injusticias. Sus errores que los tendrá, no serán más numerosos ni distintos de los de la justicia profesional, aunque sí, seguramente, más jaleados. Su existencia constituye una apuesta y una inversión en participación democrática para que los ciudadanos ejerzan, con las limitaciones y requisitos precisos, el poder judicial en materia penal.

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