Un hombre recibirá pensión de divorcio por su condición de amo de casa
La Audiencia de Palencia ha reconocido a un hombre la condición de amo de casa durante el tiempo de su matrimonio y el derecho a cobrar una pensión de su ex mujer. Esta decisión judicial ha revocado en parte la primera, conocida y polémica sentencia del Juzgado de Instrucción número 4 de los de Palencia, que denegaba a Juan Carlos Urbón esa condición y la pensión que solicitaba, poniendo en duda que hubiera sido amo de casa durante los 15 años de su matrimonio y reprochándole además falta de entusiasmo para buscar trabajo durante todo ese tiempo.Este juicio de valor de la primera sentencia es desechado ahora por la Audiencia palentina, que considera que estamos ante un caso claro de "cambio o inversión de los papeles, que tradicionalmente se asignaban a hombre y a mujer en nuestra sociedad". Da por hecho que ambos cónyuges aceptaron tácitamente que la mujer trabajara fuera de casa mientras el hombre ejercía la mayor parte de las tareas del hogar. Partiendo de esa base, y dado que la separación ha supuesto para Urbón un notable y evidente empeoramiento sobre su situación anterior en el matrimonio, ya que carece de trabajo, le concede una pensión mensual de 25.000 pesetas que le tendrá que pagar su ex mujer, al menos mientras persista esa situación de desempleo.
Lo que la nueva sentencia no revoca es lo relativo a la custodia de los hijos, también reclamada por Urbón. La Audiencia Provincial mantiene que ésta corresponderá a la madre y explica que se adopta esta resolución en interés de los menores. La decisión se basa en los informes psicológicos y en pruebas testificales practicadas durante el proceso. En ellos se atribuye a la madre mejores condiciones psicológicas para educarlos, asegurando que ha demostrado mayor capacidad y celo para hacerlo.
Esta sentencia ha dejado sólo parcialmente satisfechos a Juan Carlos Urbón y a su abogado, Antonio Luis Vázquez. Este último ha adelantado que casi con, toda seguridad presentarán contra ella un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, al considerar que vulnera el principio de igualdad.
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