La Asociación de la Prensa rechaza el silencio judicial impuesto a la SER sobre Antena 3
La junta directiva de la Asociación de la Prensa de Madrid acordó ayer rechazar el auto de la juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Madrid, Cristina Jiménez Savurido, por el que se prohíbe a la cadena SER informar sobre la solvencia económica de Antena 3 Televisión en relación con los contratos de retransmisión de los partidos de fútbol.
La Asociación de la Prensa considera que el auto de la juez "contiene una limitación inaceptable del derecho a la libertad de expresión y derecho a la información". Y argumenta: "Estos derechos están establecidos constitucionalmente, de forma que solamente la propia Constitución puede limitarlos y, entre esos límites se excluye expresamente cualquier tipo de censura previa", señala la Asociación en una nota hecha pública.
En dicha nota se añade que, sin entrar en el problema comercial que ha enfrentado a dos empresas y en el que la Asociación de la Prensa de Madrid no tiene por que pronunciarse, la junta directiva de la misma "quiere llamar la atención públicamente sobre el riesgo que entraña esta decisión para la libre difusión de informaciones y opiniones, ya que la resolución de la juez discrepa de la doctrina del Tribunal Constitucional que siempre ha amparado al limite máximo los derechos fundamentales de libre expresión y derecho a la información".
Antecedentes
La resolución judicial a la que se refiere el acuerdo de la Asociación de la Prensa fue adoptada por la juez Cristina Jiménez Savurido en el pasado mes de abril, al aceptar una petición de Antena 3 Televisión para que la cadena SER no pudiera informar en el plazo de tres meses sobre la solvencia de dicha televisión o su conducta en el mercado respecto a la celebración de los contratos con clubes de fútbol relativos a los derechos de retransmisión de los partidos.En caso de que la SER se decidiera a informar sobre este tema entonces la juez impone la presencia de un representante de Antena 3 TV.
La SER presentó un recurso contra esta decisión "ante la gravedad de una medida que afecta al libre ejercicio del derecho de información y de opinión". El pasado viernes" día 10 de mayo, se celebró la vista oral.
Un amplio abanico de medios de información han publicado comentarios editoriales sobre la incongruencia del auto de la juez en relación con el libre ejercicio de la libertad de expresión protegido por la Constitución y amparado en reiteradas ocasiones por el Tribunal Constitucional.
Por su parte la comisión de Defensa Profesional del Colegio de Periodistas de Cataluña consideró en su día inadmisible e irracional el acto del juzgado desde el punto de vista de la doctrina del derecho a la información y a la libertad de expresión.
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