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El Constitucional reitera que la TV local por cable es legal

La emisión de televisión local por cable no puede prohibirse porque exista una laguna legal -no hay regulación al respecto-, ya que ello supondría vulnerar la libertad de expresión, y de comunicación, según recoge una nueva sentencia del Tribunal Constitucional.

En la resolución se afirma sobre este punto: "Sin negar la conveniencia de una legislación ordenadora del medio, en tanto ésta no se produzca, no cabe, porque subsista la laguna legal, sujetar a concesión o autorización administrativa el ejercicio de la actividad de emisión de televisión- local por cable, pues ello implica el desconocimiento total o supresión del derecho fundamental a la libertad de expresión y de comunicación".

De esta forma, el Constitucional admite el recurso presentado por Radio Televisión de la Vega contra la resolución por la que se precintaba sus instalaciones de emisión por cable hasta que tuviese concesión administrativa para ello o se adecuara a la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones.

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