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La negativa del Gobierno a dar al juez los papeles del Cesid sobre la guerra sucia, revisable por el Supremo

La negativa del Gobierno a entregar al juez Baltasar Garzón -o, en su caso, al juez Eduardo Móner- los documentos del Cesid sobre la guerra sucia contra ETA es revisable por la Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, según altas fuentes judiciales. El control judicial de la Administración permite a las acusaciones del caso GAL recurrir el acuerdo del Gobierno. Así pues, la sentencia del Tribunal de Conflictos de Jurisdicción del 14 de diciembre último que declaró la competencia de Defensa para proponer al Gobierno que decida sobre la actual clasificación de tales documentos como secretos no pone fin a la investigación penal de los mismos, según tales fuentes.

La mencionada sentencia resolvió el conflicto de jurisdicción planteado entre el Ministerio de Defensa y el juzgado central de instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, cuyo titular, Baltasar Garzón, había requerido al primero para que le suministrase unos documentos del Cesid relativos a actividades de los GAL, que dicho juez investiga. El Tribunal de Conflictos declaró la competencia de Defensa para decidir sobre la entrega de tales documentos, así como que el juez de instrucción que los considere necesarios para la investigación penal "no puede imponer, sin más, al ministro responsable su entrega y aportación".La misma sentencia indicó al juez Garzón que, en cambio, puede dirigirse al ministro de Defensa, "por medio de exposición razonada, al objeto de que la traslade al órgano competente -Consejo de Ministros- y éste pueda valorar, dentro de sus funciones directivas de gobierno, los intereses en juego, principalmente el de la seguridad del Estado, cuya exclusiva interpretación le corresponde en esta materia, y decidir en consecuencia".Garzón siguió la sentencia

Inmediatamente que conoció la sentencia, el 15 de diciembre último, Garzón siguió esta indicación, que desencadenó un acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de enero de 1996 denegatorio de la desclasificación como secretos de los papeles del Cesid. Recientemente, el juez Eduardo Móner, que investiga a su vez el caso GAL desde el Supremo y al que también han solicitado las acusaciones particular y popular que requiera los documentos del Cesid, preguntó al ministro de Defensa "si existe alguna resolución" sobre los documentos en torno a la "guerra sucia contra ETA".

Magistrados de la jurisdicción contencioso-administrativa han confirmado a este periódico que es "jurídicamente planteable" un recurso contra la decisión del Consejo de Ministros de no desclasificar los documentos del Cesid clasificados como secretos. Señalaron que en nuestro Estado de derecho las resoluciones administrativas son revisables por el poder judicial y recordaron cómo, por ejemplo, el Supremo anuló la designación de Eligio Hernández como fiscal general del Estado, realizada por el Gobierno.

La revisión del acuerdo del Consejo de Ministros afectaría al examen de la motivación existente para denegar la desclasificación como secretos de los documentos solicitados. De ahí la importancia de conocer la resolución gubernamental por la que se ha interesado el juez Móner. Otras fuentes jurídicas consideran que el recurso podría invocar la violación de un derecho fundamental -en este caso, la tutela judicial efectiva-, con lo que podría tramitarse por la vía procesal rápida utilizable, en aplicación de la ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona.¿Quién puede recurrir?

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En todo caso, el máximo problema jurídico de ese recurso contencioso-administrativo sería, según tales fuentes, quien tiene legitimación para plantearlo. Todas las fuentes consultadas descartan que pueda plantearlo el juez Garzón o, en su caso, el juez Móner.

En cambio, creen que las partes acusadoras, que instaron a los respectivos jueces la Petición de los documentos, están legitimadas para impugnar ante el poder judicial la decisión administrativa. Más dudas existen sobre si el fiscal, en su función de defensor de la legalidad, también está legitimado para interponer el recurso.

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