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LOS PACTOS POLÍTICOS

Reforma del modelo de financiación autonómica

Extracto del último documento sobre financiación autonómica enviado por el Partido Popular a Convergència i Unió.Primero. Impulsar y aprobar un nuevo sistema de financiación de las comunidades autónomas (CC AA) para el quinquenio 1997-2001. Este nuevo sistema, que deberá resultar del consenso entre la Hacienda central y las CC AA, tendrá como objetivos prioritarios garantizar:

La autonomía financiera de las CC AA (...).

-La solidaridad entre las diferentes nacionalidades y regiones. Esta solidaridad se materializa en la igualación de los servicios accesibles a todos los ciudadanos; por tanto, exigirá transferencias de nivelación en favor de las CC AA que por su menor nivel de renta dispongan de una capacidad fiscal más reducida.

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Segundo. Introducir la corresponsabilidad fiscal en el nuevo modelo de financiación. (...) Este sistema se articulará tomando como base las siguientes premisas:

-El principal mecanismo de corresponsabilidad fiscal consistirá en participar en la regulación y gestión del IRPF.

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-La reforma, en ningún caso supondrá un aumento de la presión fiscal en el conjunto del territorio del Estado.

Tercero. De acuerdo con lo anterior, el PP y CiU promoverán la atribución a las CC AA de una participación en el IRPF correspondiente a los residentes en sus respectivos territorios.

El IRPF pasará a constituir un tributo compartido. Esta configuración del impuesto, que exigirá la distribución de su capacidad recaudatoria y de su progresividad entre la Hacienda central y las CC AA se instrumentará mediante:

-La reducción de la actual tarifa del IRPF con el objetivo de atribuir a las CC AA una parte de la capacidad recaudatoria y progresividad del impuesto.

-El establecimiento de una tarifa autonómica independiente y diferenciada de la correspondiente a la Hacienda central.

1. Mecanismos de participación en el IRPF.

Las CC AA (...) dispondrán de los siguientes mecanismos:

*Capacidad normativa.

Las CC AA podrán establecer y regular, dentro de su territorio, sin perjuicio de la normativa del impuesto de general (...):

-La tarifa autonómica del IRPF. La competencia normativa de las CC AA afectará al mínimo exento, número de tramos y tipos aplicables en esta tarifa.

-Las deducciones autonómicas que las CC AA acuerden aplicar en la cuota del impuesto correspondiente a la tarifa autonómica.

En todo caso, la competencia para la regulación de la base imponible del impuesto corresponderá en exclusiva a la Administración central.

*Participación en la AEAT.

Las CC AA participarán en la dirección de la AEAT, en el ámbito de su territorio respectivo, (...)

*Participación en los pagos a cuenta del IRPF.

La autonomía financiera del sistema de financiación exige atribuir a las CC AA una participación en las retenciones, pagos fraccionados e ingresos a cuenta del impuesto.

2. Niveles de participación.

La participación que el Estado atribuirá a las CC AA en el IRPF satisfecho por los residentes en su respectivo territorio, a través del mecanismo de la tarifa autonómica, será la siguiente:

Participación

-Periodo 1997-1998 15%

-Periodo 1999-2001 30%

Cuarto. Sin perjuicio de lo establecido en el acuerdo anterior, durante el periodo 1997-1998, las CC AA podrán participar, con carácter adicional, hasta en el 15% del importe de las cuotas líquidas del IRPF ingresadas por los residentes en su territorio. Quinto. El PP y CiU se comprometen a promover e impulsar la atribución a las CC AA de capacidad normativa en los tributos cedidos que se indican a continuación:

- Impuesto sobre el patrimonio.

- Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

- Impuesto sobre sucesiones y donaciones.

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