El Defensor del Pueblo recurre la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita para extenderla a los extranjeros no residentes
Todos los extranjeros sin suficientes medios económicos, con independencia de que residan en España legal o ilegalmente, deben tener acceso a los tribunales, asistidos de abogado gratuito. Esa es la pretensión de Fernando Álvarez de Miranda, titular de la institución del Defensor del Pueblo, en el recurso de inconstitucionalidad que presentó ayer ante el Tribunal Constitucional, contra la ley 1 / 1996, de Asistencia Jurídica Gratuita.La decisión de Álvarez de Miranda -a instancia de algunos colectivos de abogados, representantes (te IU y organizaciones sindicales y de solidaridad con los extranjeros se ha producido, con el asesoramiento de su Junta de Coordinación y Régimen Interior, en el último día de plazo. La ley se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 12 de enero y el Defensor del Pueblo tenía tres meses para recurrir, que concluyeron ayer.
El artículo impugnado es el 2, en el que se establece que tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita", entre otros, "los ciudadanos españoles, los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y los extranjeros que residan legalmente en España, cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar". La frase en cursiva es la considerada inconstitucional por el Defensor del Pueblo.
Si, como es probable, el alto tribunal acepta los razonamientos del recurso, fundamentado en la propia jurisprudencia constitucional y en la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la futura sentencia significará un revés para el ministro de Justicia e Interior, Juan Alberto Belloch, que impulsó el proyecto de ley, incluido ese precepto, sólo enmendado por IU.
Alvárez de Miranda señala que, aunque el artículo 119 de la Constitución deja libertad al legislador para regular la gratuidad de la justicia, tal gratuidad para quienes acrediten insuficiencia de recursos económicos forma parte del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, "vinculado a la dignidad de la persona como tal", por lo que no puede establecerse "un sistema de desigualdad entre españoles y extranjeros".
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