_
_
_
_

Un juez denuncia ante el CGPJ que un fiscal perturbó su independencia

Un juez de Granada ha pedido el amparo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ),al sentirse "gravemente perturbado en la independencia" por la actitud del fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Dos detenidos, que fueron ingresados en un hospital, no pudieron en dos ocasiones sucesivas declarar ante el juez en presencia del fiscal como determina la ley. Una discusión sobre si el juez debe o no tomar declaración en solitario antes de convocar la audiencia y la negativa del fiscal a acudir al centro médico originaron su incomparecencia.En el escrito presentado por el juez de instrucción número 3 de Granada, Juan José Sáenz- Soubrier, ante el CGPJ manifiesta que la actitud del fiscal en el caso que ha originado la denuncia produce "un grave trastorno para el funcionamiento del juzgado y aun para los intereses de los encausados y las demás partes".

El conflicto que ha dado origen a la petición de amparo se remonta al 19 de diciembre pasado. Cuatro individuos, dos de los cuales presentaban heridas que aconsejaron su hospitalización, fueron detenidos y atusados de un delito de lesiones. Después de tomarles declaración en audiencia a dos de ellos, el juez citó al fiscal y a sus abogados en el hospital para el día siguiente para hacer lo propio con los heridos. A la hora prevista el fiscal presentó un escrito disculpando su asistencia en virtud de una interpretación particular de la ley. El juez planteó al mismo tiempo otro escrito al TSJA en el que se quejaba de la actitud del ministerio público al tiempo que lo convocaba por segunda vez para el día 22. Una vez más, el fiscal no compareció lo que obligó al magistrado a adoptar una decisión sobre la libertad de los detenidos sin conocer la opinión del fiscal.

Cauce no establecido

El juez reconoce en el escrito presentado ante el CGPJ que actuó siguiendo "un cauce no establecido en la norma" para no dilatar la toma de declaración en audiencia más allá de las 72 horas a partir de la detención que prescribe le ley. El origen del conflicto se halla, en primer lugar, en una interpretación distinta de la legislación y de una circular de la Fiscalía General del Estado.En segundo lugar, el fiscal adujo para no acudir al hospital que la audiencia no se puede celebrar más que en un juzgado. Sáenz Soubrier señala que, según la ley Orgánica del Poder Judicial, es el "juzgado o tribunal únicamente el que puede decidir constituirse en cualquier lugar del territorio de su jurisdicción para la práctica de actuaciones cuando fuera necesario o conveniente para la buena administración de justicia". El magistrado considera suficientemente justificada la constitución del juzgado en el hospital Clínico ya que los ingresados estaban detenidos, tenían derecho a ser oídos antes de que el juez resuelva sobre su situación personal y además, a la mayor urgencia ya que podían empeorar o incluso morir.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_