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El Supremo ve indicios de delito en Barrionuevo

Unanimidad para proceder contra el diputado por malversación, detención ilegal y banda armada

El pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo decidió ayer por unanimidad tramitar el suplicatorio contra el diputado socialista y ex ministro del Interior José Barrionuevo, para proceder contra él por los delitos de detención ilegal y malversación de caudales públicos, otro relacionado con banda armada y cualquier otro que pudiese aparecer en el curso del pro cedimiento del caso GAL, según informó ayer el ponente, Joaquín Delgado. El alto tribunal ha accedido a la petición del juez instructor, Eduardo Móner, con el fin de que Barrionuevo declare como inculpado en el sumario que investiga el origen de la guerra sucia contra ETA, el secuestro de Segundo Marey y los atentados contra dos bares en el sur de Francia, en los que se produjeron seis heridos graves.

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, La decisión de los 11 magistrados que integran la sala de lo penal del Supremo se adoptó en menos de una hora y ratifica todos los extremos del escrito del juez Móner. El acuerdo fue adoptado "por unanimidad, sin duda alguna", precisó el ponente de la causa, Joaquín Delgado. "En realidad", puntualizó, "es un asunto demasiado sencillo para nosotros". Delgado se refería a que la única modificación que han introducido, en el texto en el que Móner solicitaba la tramitación del suplicatorio es la inclusión de que existen indicios de que Barrionuevo pudo participar en los delitos de malversación, detención, ilegal y banda armada.Los magistrados pasaron "de puntillas" sobre la petición del instructor, según fuentes jurídicas, para no contaminarse, pero, por otro lado, han tenido que introducir los delitos en los que se inculpa a Barrionuevo por ser una exigencia del procedimiento de suplicatorio, puesto que el Congreso debe saber de qué delitos está acusado el aforado antes de decidir sobre si accede o rechaza la demanda del Supremo. El suplicatorio, además, está formulado de tal manera que no se ría necesario tener que tramitar luego otro para poder procesar al ex ministro.

El documento será redactado por Joaquín Delgado durante el fin de semana y firmado por los 11 magistrados el próximo lunes, cursándolo inmediatamente al Congreso por medio del presidente del Tribunal Supremo, Pascual Sala.

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La tramitación de este suplicatorio no paraliza las actuaciones del caso GAL, salvo aquéllas que se refieran a Barrionuevo. De hecho, el juez Móner ha citado a declarar como inculpado para el próximo jueves al ex comisario general de Información Jesús Martínez Torres. Este comisario ya declaró hace meses ante el juez Baltasar Garzón, quien, ante la falta de pruebas, decidió levantar los cargos que había contra él. Sin embargo, la declaración del comisario Miguel Planchuelo ante el juez Móner imputando a Martínez Torres haber señalado al etarra Mikel Lujúa como persona a secuestrar, le ha colocado de nuevo en el punto de mira de los jueces.

Móner además ha pedido al fiscal que le informe si debe solicitar al Cesid los documentos sobre la guerra sucia contra ETA que, según le informó el juez Garzón la pasada semana, afectan a todos los procesos que se siguen por acciones de los GAL, incluido el sumario que el propio Móner tramita en el Supremo.

El escrito de Móner sobre Barrionuevo no hacía ninguna propuesta ni referencia sobre Felipe González o los otros dos aforados mencionados en la exposición de Garzón, el ex vicepresidente Narcís Serra y el secretario de relaciones políticas e institucionales del PSOE, Txiki Benegas. La Sala Segunda del Supremo no debatió, por tanto, sobre esta cuestión.

Los magistrados no estudiaron tampoco la procedencia de la aplicación del artículo 102 de la Constitución, que establece que la responsabilidad criminal de un miembro del Gobierno, cuando la acusación fuere por traición o cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo. El delito de pertenencia a banda armada está incluido en el título del Código Penal relativo a los delitos contra la seguridad interior del Estado.

Este supuesto fue sugerido por el presidente de la Sala, Fernando Cotta, a principios del verano pasado. Sin embargo, el caso no ha vuelto a ser planteado y la mayoría de los magistrados de la Sala Segunda considera que debe imponerse el sentido común en la aplicación de las leyes y que el artículo 102 se refiere a casos de golpe de Estado o similares.

Hasta abril, en el Supremo

El caso GAL seguirá instruyéndose en el Tribunal Supremo al menos hasta abril de 1996, puesto que se ha anunciado que las elecciones generales serán en marzo y Barrionuevo pertenece a la Diputación Permanente del Congreso, por lo que mantendrá la condición de diputado al menos hasta que se constituyan las nuevas Cortes. En el caso de que el ex ministro no obtuviese el acta de parlamentario en las próximas legislativas, el caso GAL podría volver al juez Garzón, pero para ello sería necesaria una declaración del Tribunal Supremo en la que se hiciera constar que no existen indicios contra Felipe González, Serra o Benegas.

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