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GUERRA EN LOS BALCANES

Regreso a casa o compensación

El siguiente es el texto del acuerdo alcanzado ayer en Ginebra por los representantes de la nueva Yugoslavia (Serbia« y Montenegro), Croacia y el Gobierno de Bosnia, de mayoría musulmana:1. Bosnia-Herzegovina continuará su existencia legal con sus fronteras y reconocimiento internacional actuales.

2. Bosnia-Herzegovina estará configurado por dos entidades, la Federación de Bosnia-Herzegovina tal como fue establecida por los acuerdos firmados en Washington y la Republika Serbia [de Bosnia]. _

2.1. El parámetro 51/49 [51% del territorio para la federación y 49% para los serbobosnios de la propuesta territorial del acuerdo. Esta propuesta está abierta a reajustes de mutuo acuerdo de las dos entidades.

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Acuerdo para respetar las fronteras de Bosnia

2.2. Cada entidad continuará su existencia bajo su actual Constitución (enmendada para acomodar estos principios básicos).

2.3. Ambas entidades tendrán derecho restablecer relaciones paralelas especiales con países vecinos, compatibles con la soberanía y la integridad territorial de Bosnia-Herzegovina.

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2.4. Las dos entidades asumiran compromisos recíprocos para a) celebrar elecciones democráticas bajo auspicio internacional; b) adoptar y adherirse a las normas y obligaciones internacionales relativas a los derechos humanos, incluida la obligación de autorizarla libertad de movimientos y de permitir a las personas desplazadas [por los casi cuatro años de guerra civil regresar a sus. casas o recibir una compensación justa; c) someterse a un arbitraje vinculante para resolver sus diferencias mutuas.

3. Las dos entidades han acordado, en principio, lo siguiente:

3.1. La constitución de una Comisión para Personas Desplazadas con autoridad para hacer ejecutar (con la ayuda de las organizaciones internacionales) la obligación de las dos entidades de permitir a las personas desplazadas [por la guerra] recuperar la posesión de sus casas o de recibir una compensación justa. 3.2. El establecimiento de una Comisión de Derechos Humanos de Bosnia-Herzegovina con el fin de hacer ejecutar as o ligaciones de, las entidades respecto a los derechos humanos. Las dos entidades obedecerán las decisiones de la comisión.

3.3. El establecimiento de corporaciones públicas conjuntas de Bosnia-Herzegovina, financiadas por las dos entidades para la posesión y funcionamiento del transporte y otras instalaciones en beneficio mutuo de las dos partes.

3.4. La designación de una Comisión para la Conservación de los Monumentos.

3.5. La puesta en marcha de un sistema de arbitraje para la solución de las diferencias entre las dos entidades.

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