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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

El voluntariado

TRABAJAR COMO voluntario va a ser una fórmula de servicio equiparable al militar o la prestación social sustitutoria. Éste es el aspecto más llamativo del proyecto de Ley: del Voluntariado que el Gobierno ha presentado. No se trata de una ley improvisada. En abril de este año el Gobierno. ya tuvo que retirar un proyecto sobre la misma cuestión porque incentivaba con becas y descuentos el ánimo solidario de la ciudadanía. Estos incentivos fueron mal recibidos por las organizaciones no gubemamentales (ONG), que consideran definitorio que el voluntario lo sea por altruismo y no porque haya en el horizonte algún tipo de prebenda personal. En el nuevo proyecto sobreviven algunos descuentos en museos y transportes, justificados como valoración social de la acción voluntaria más que como una retribución, que en todo caso sería disuasoria.Con todo, la nueva propuesta ha vuelto a levantar suspicacias en el mismo sentido. ¿Puede viciar el espíritu del voluntariado saber que siéndolo puedes evitar la mili? Desde luego, nunca será lo mismo que un joven decida cuidar a un viejo enfermo porque así alivia los padeceres del prójimo o que esta decisión salga de un cálculo interesado: eludir el servicio militar. La ley introduce algunas precauciones para evitar la picaresca. La Ley Orgánica del Servicio Militar ya preveía que el destino militar a una entidad de auxilio tenía los mismos efectos que la tarea cuartelera.

Ahora se añadé la posibilidad de convalidar el tiempo de voluntariado con el de la prestación social sustitutoria. La ley fija cautelas como la de que el aspirante haya realizado las actividades de voluntariado tras ser reconocido como objetor, y no vale cualquier actividad, ha de estar encuadrada en alguna entidad que tenga suscritos acuerdos con la Administración para la citada prestación social sustituioria.

Para impedir los privilegios o la picaresca no bastará, sin embargo, con las prevenciones legales. Han de ser las propias organizaciones que definen los programas de ayuda quienes tutelen la sinceridad de intenciones de los aspirantes, además de la idoneidad del sujeto para la tarea a la que aspira. Sin esta autoexigencia, las ONG pueden poblarse de listillos o de bienintencionados cuyo altruismo, sin embargo, no baste para cumplir con rigor los proyectos encomendados, detalle particularmente visible cuando éstos existencia técnica, como sucede en el frente sanitario o educativo.

La nueva ley admite que la satisfacción de intereses generales ha dejado de ser responsabilida exclusiva del Estado. Hechos muy recientes han demostrado el enorme capital solidario que alberga la sociedad españolá. Los ciudadanos reclaman su propio papel en la solución de los problemas, que les afectan. Ello, sin embargo, no exime al Estado de sus propias responsabilidades ni de apoyar las conductas sociales de la ciudadanía. En esté sentido, es positivo que haya tomado la iniciativa de fomentarlas cuando estas actividades sean altruistas, no obligadas y no puedan confundirse o suplir una tarea asalariada. Actividades, por otra parte, que deben realizarse bajo el criterio de organizaciones competentes que sepan administrar este empuje solidario para que no se desperdicie y para que el propio voluntario pueda cumplirlas en condiciones idóneas de seguridad y eficacia.

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