Incendios catastróficos
Lo último que debe hacerse, tras sofocar un incendio forestal, es declarar zona catastrófica el territorio afectado por las llamas. "Debe romperse la asociación entre incendio forestal y ayudas públicas", recomienda un reciente informe del Senado sobre estas calamidades que tanto se prodigan durante el estío.Las declaraciones catastróficas se aplican a situaciones dramáticas con pérdidas de vidas, inutilización de servicios públicos y daños irreparables para los damnificados. Si no están asegurados, el Gobierno central repara los servicios dañados y compensa los quebrantos económicos de los afectados. Pero se han dado casos, asegura el informe, de incendios provocados con el fin de obtener compensaciones económicas al amparo de una declaración de zona catastrófica.
En caso de proponerla, como ha sugerido el alcalde de Somosierra, no tendría cobertura legal. Las declaraciones catastrófIcas se regularon en 1981. Cuatro años después, la Ley de Protección Civil excluía esa posibilidad al dejar en vacío las herramientas para su tramitación. No hay posibilidad de hacerlo. Para resolver esa laguna legal, una orden de 1993 permite a Protección Civil actuar de inmediato con operaciones de rescate, prevención de epidemias y la compensación de daños (exenciones fiscales, ayudas...), articulada por los distintos ministerios.
No es el caso del incendio de Somosierra. Para enfrentarse a esos sucesos, los ayuntamientos y las autonomías deben operar con planes de prevención ciudadana, en los que se evalúen los recursos disponibles y las actuaciones. Desgraciadamente, muchos ayuntamientos, incluidos algunos de los grandes, carecen de ellos.
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