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Los arrendamientos rústicos revertirán al propietario después de cinco años

Los arrendamientos rústicos tendrán en el futuro una duración mínima de cinco años, según se contempla en la Ley de Modernización de las explotaciones Agrarias aprobada recietemente por el Parlamento. Esta disposición modifica la ley de diciembre de 1980 por la que un arrendamiento podía prolongarse durante 21 años si 1 propietario de las tierras no se comprometía término, de cada prórroga a cultivar directamente la explotación. La Administración pretende lograr una mayor movilidad de la tierra.

Para la elaboración de esta nueva ley, el Ministerio de Agricultura ha recabado la opinión de expertos agrarios de diferentes tendencias, entre los que se encontraban Jaime Lamo de Espinosa, inspirador de la ley anterior, Alberto Ballarín, Juan José Sanz Jarque, Carlos Tió o José María Sumpsi. Todos ellos estuvieron de acuerdo en limitar el periodo de arrendamiento, que ¡nicialmente se propuso fuera de dos o tres años, así como en eliminar trabas para la recuperación de las tierras. Las organizaciones agrarias han logrado ampliar, ese periodo por considerar que era preciso asegurar también una cierta estabilidad en la explotación arrendada cuando son necesarias inversiones.La ley de 1980 contemplaba un primer periodo de arrendamiento de seis años, con prórrogas sucesivas de seis, tres, tres y tres hasta un total posible de 21 años. Con esa ley, un propietario no podía acceder de nuevo a sus tierras al término de cada prórroga si no se ,comprometía a cultivar directamente la tierra durante un periodo mínimo de seis años. Por este motivo, muchos propietarios de tierras se resistían a realizr contratos de acuerdo con esa normativa, ya que consideraban que suponía perder sus derechos sobre la explotación durante 21 taños. Ello dio lugar también a un mercado negro de arrendamientos.

Notificación un año antes

Con la nueva Ley de Modernización de las Explotaciones Agrarias, la duración mínima del arrendamiento será de cinco años. Sin embargo, al término de ese periodo, sin otros condicionantes, si se notifica con un ano de antelación, el propietario puede recuperar sus tierras. Caso de no hacer esa notificación, se entenderá que se prorroga el contrato potres años más. En función de la evolución del mercado de la tierra, la Administración se reserva la posibilidad de establecer incentivos fiscales o de otro tipo para los propietarios de tierras que realicen arrendamientos durante un periodo igual o superior a los ocho años.

La Ley de Modernización de las Explotaciones Agrarias aprobada por el Parlamento se considera una normativa clave para modificar la actual estructura del sector agrario. Entre otras. actuaciones tiene como objetivos redimensionar la estructura de las explotaciones, evitar su división por debajo de la unidad mínima de cultivo, que se determine por cada comunidad autónoma, lograr, a través de ayudas, el relevo generacional con la incorporación de jóvenes y definir lo que debe ser una explotación prioritaria que sea eje de la actividad agraria y la receptora de las mayores ayudas.

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