El futuro Código Penal redefine el delito de violación, contra el criterio de Belloch
El delito de violación, que había sido excluido del proyecto de Código Penal del Gobierno, fue recuperado y redefinido ayer en el pleno del Congreso de los Diputados. El ministro de Justicia e Interior, Juan Alberto Belloch, intentó que el PSOE se opusiera a la incorporación del término por su anacrónica vinculación a la sexualidad reproductiva y no, a la nueva concepción de los delitos contra la libertad sexual. A la vista de la coincidencia de toda la. oposición, que avocaba a los socialistas a una derrota segura, el portavoz del PSOE, Joaquín Almunia, cambió en el último momento el sentido de sus votos, lo que originó la unanimidad.
La extraña votación fue una prueba más de la fragilidad par lamentaria del PSOE, puesta de manifiesto en los importantes debates sobre la protección pe nal de los españoles -sólo ayer se aprobaron 67 artículos, entre ellos los relativos a los delitos contra la libertad, la intimidad y el honor-, en los que los ponen tes socialistas hacen esfuerzos para captar votos de IU o de mi norías nacionalistas, bajo la vigilancia del PP, que mantiene su distancia sistemática con un modelo de Código Penal progresista que no es el suyo, pero al que hace aportaciones.En el debate sobre los delitos contra la libertad sexual la confrontación fue clara. Mientras Antonio Pillado (PP) consideró "alarmante" la rebaja de penas, Diego López Garrido (IU) propuso la supresión de algunas figuras agravadas, castigadas con hasta 15 años de cárcel, y evocó la "resistencia judicial" a aplicar unas penas tan graves como las vigentes, que llegan hasta los 20 años. En cambio, hubo coincidencia de la oposición en denominar violación al nuevo delito definido así: "Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal, introducción de objetos o penetración bucal o anal, la pena será de prisión de seis a 12 años".
El "término medio"
Pere Jover (PSOE) se felicitó de que, en materia de penas, su grupo se situara en un "término medio". Rechazó el empleo de la palabra "violacián", por su con notación jurisprudencial, "vinculada a la penetración vaginal y protectora no de la libertad sexual, sino de una sexualidad [femenina] vinculada a la reproducción". Toda la oposición defendió el término, por ser popularmente conocido, y López Garrido añadió que la nueva definición obligará a la futura jurisprudencia a cambiar tal doctrina sobre la violación.Más que estos argumentos, el riesgo seguro de perder la votación condujo a Almunia a dar instrucciones devoto afirmativo. También fue votada unánimemente otra enmienda, en este caso negociada por el PSOE, según la cual en los delitos de agresiones, acoso o abusos sexuales, además de la denuncia de la persona agraviada, el proceso puede iniciarlo la querella del fiscal. El proyecto del Gobierno limitaba la intervención del fiscal a los casos de víctimas menores o incapaces.
No prosperó la petición de IU, PNV y CC de que se suprimiera el nuevo delito que cometerá quien inflija a otro "un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral" Las críticas a su ambigüedad e imprecisión sirvieron para que la pena prevista de dos a cuatro años se rebajara a de seis meses a dos años y se aprobara colocarlo junto al delito de tortura, conducta similar pero que cometen sólo funcionarios.
Los delitos de revelación el de secretos no fueron modificados. Se mantuvieron las penas de hasta nueve anos para los casos más graves en que con fines lucrativos se difundieren datos personales sensibles (ideología, religión, salud, raza o vida sexual).
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