Principios y objetivos
Puntos fundamentales del acuerdo sobre "principios y objetivos de la no proliferación y del desarme nuclear" adoptado ayer por 178 países para la prórroga indefinida del Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP):1. Universalidad. Es urgente conseguir la adhesión al TNI? de todos los países del mundo. Todos los Estados que no forman parte todavía del tratado son invitados a adherirse lo más pronto posible, en particular aquellos que explotan las instalaciones nucleares no sometidas a garantías.
2. No proliferación. Hay que poner en marcha los mecanismos para aplicar el tratado en todos sus aspectos y evitar la proliferación de armas nuclares sin obstaculizar la utilización pacífica de la energía nublear (..)
3 y 4. Desarme nuclear. El desarme nuclear está considerablemente facilitado por la distensión internacional y el reforzamiento de la confianza entre los Estados. Son importantes las siguientes medidas: celebrar una conferencia de desarme, a más tardar en 1996, para prohibir los ensayos nucleares en el mundo; apertura inmediata y conclusión rápida de negociaciones para prohibir la producción de material para la fabricación de armas nucleares y de otros dispositivos nucleares, y voluntad de los Estados dotados con armamento nuclear de reducir sus arsenales y eliminarlos progresivamente, así como luchar en favor del desarme general y completo bajo un control internacional, estricto y eficaz.
5 a 7. Zonas libres de armas nucleares. Se reafirma la convicción de que la creacién de zonas exentas de armas nucleares internacionalmente reconocidas, en base a arreglos libre mente negociados entre los Es tados de la región implicada, refuerza la paz y la seguridad mundial y regional. Se debe impulsar el establecimiento de estas zonas exentas, en particular en regiones de tensión como Oriente Próximo, así como la creación de zonas exentas de toda clase de armas de destrucción masiva, teniendo en cuenta las características propias de cada región. La creación de nuevas zonas exentas de armas nucleares de aquí a la celebración de la conferencia de examen en el año 2000 debe ser acogida favorable mente.
8. Garantías de seguridad. A la luz de la resolución 98,4 del Consejo de Seguridad, adoptada por unanimidad el 11 de abril de 1995, y de las declaraciones de los Estados dotados de armas nucleares relativas a las garantías de seguridad negativas y positivas, conviene elaborar nuevas disposiciones para poner a los Estados no dotados de armas nucleares, e integrantes del TNP, al abrigo del empleo o de la amenaza de t ales armas. Estas disposiciones podrían consistir en un instrumento internacional que tuviera fuerza jurídica obligatoria.
9 a 13. Garantías. El Organismo Internacional para la Energía Atómica (OIEA) es la autoridad competente para asegurar y verificar que los acuerdos sean respetados e impedir que la energía nuclear sea desviada para fabricar armamento nuclear Todos los Estados miembros del tratado deben cumplir con sus obligaciones. Las garantías de la OIEA deben ser reexaminadas y evaluadas con regularidad.
14 a 20. Uso pacífico de la energía nuclear. Es preciso velar por que todas las partes del TNP puedan desarrollar la investigación, producción y utilización de la energía nuclear con fines pacíficos. Deben concretarse plenamente los compromisos destinados a facilitar la participación en un intercambio lo más amplio posible de equipo, materiales y datos científicos y técnicos que permitan utilizar la energía nuclear con fines pacíficos. Es necesario acordar un trato preferencial para los Estados no dotados de armas nucleares y que son parte del tratado, considerando, en particular, las necesidades de los países en desarrollo. Debe promoverse con el diálogo y la cooperación entre todos la transparencia en las exportaciones de material nuclear. Todos los Estados deben aplicar normas de seguridad nuclear lo más estrictas posibles.
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