Los motivos del silencio
El director general de la Policía entregó ayer al juez Garzón un informe de 12 folios del Servicio Jurídico del Estado en el que se recoge el deber de los funcionarios de guardar secreto y el delito en que pueden incurrir por revelarlos. El informe, al que ha tenido acceso este diario, precisa que una declaración testifical en la que el funcionario pueda quebrantar su deber de guardar secreto "ni siquiera debe serle exigida".Asimismo el informe señala que todos los funcionarios integrantes de las Unidades de Policía Judicial están obligados a cumplir las
les impartan las autoridades judiciales o fiscales a las que expresamente esté adscrita su Unidad, sin que ello alcance a las restantes autoridades judiciales o fiscales distintas de aquéllas. Esto significa, en este caso, que los policías que viajaron a Tailandia sólo deben dar cuenta de sus actividades a la juez Ana Ferrer, instructora del caso Roldán, y no al juez Garzón u otros.
El informe prevé que la reacción judicial ante la negativa a declarar puede ser advertir al policía que comete un delito de desobediencia, y añade que el Código Penal contempla como excepción al delito "el hecho de que la orden judicial sea una infracción manifiesta de un precepto de ley". En este caso, dice el informe, "no habría conducta penalmente relevante [para el policía], porque el juez que obligase a prestar declaración infringiría el artículo 417.2 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, y además porque el funcionario estaría amparado por la exención de responsabilidad consistente en obrar no en ejercicio de un derecho sino en cumplimiento del deber.
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