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El humo del delito

Como recuerda con voz de tenor el celoso Fernando en la célebre romanza de Doña Francisquita, por el humo se sabe dónde está el fuego. Los juristas habían llegado por su cuenta a una inferencia parecida mediante el latinajo fumus commissi delicti; las tenebrosas historias sobre terrorismo de Estado y uso de fondos reservados contadas al juez por los ex policías Amedo y Domínguez son la humareda delatora de una hoguera de crímenes y malversaciones alimentada por la codicia monetaria, la irresponsabilidad política, la insensibilidad moral y el desprecio por la legalidad de algunos altos cargos del Gobierno socialista.El humo del triple delito cometido en el caso Marey (detención ilegal, malversación de caudales públicos y conspiración o tentativa para el asesinato) ha sido el principal argumento manejado por la Sala Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional para negar la libertad provisional a Julián Sancristóbal. Esos indicios racionales de criminalidad, sin embargo, no fueron el único motivo para confirmar la prisión preventiva del ex gobernador civil de Vizcaya y ex director general de la Seguridad del Estado; en efecto, la sala puso en libertad bajo fianza al mismo tiempo a los comisarios Álvarez y Planchuelo, pese a que de sus conductas también emanan humeantes señales delictivas. No hay, sin embargo, trato discriminatorio en la doble medida aplicada por la sala: mientras el riesgo de fuga de los policías es prácticamente inexistente, la "personalidad socioeconómica" de Sancristóbal -adquirida "tras ocupar puestos claves en la Seguridad del Estado"- como "importante hombre de negocios" con buenas conexiones internacionales crea la "fuerte posibilidad" de que pretendiera y consiguiera sustraerse a la acción de la justicia si fuese puesto en libertad provisional.

Así, pues, los tres magistrados de la Audiencia Nacional comparten punto por punto los razonamientos que llevaron al juez instructor a inferir la existencia de comportamientos delictivos a partir de la tufarada enviada por las brasas del caso Marey. Es cierto que las confesiones de Amedo y Domínguez, tomadas por sí solas y de manera aislada, no hubiesen podido inculpar a nadie: ambos mintieron durante el proceso que les sentenció a 108 años de cárcel. Ocurre, sin embargo, que las diligencias incluyen "datos reveladores" de que los demás inculpados en el caso Marey también han faltado a la verdad; de añadidura, las acusaciones de los ex policías "aparecen corroboradas por otros elementos sumariales", ' como los dictámenes caligráficos que confirman que la letra de algunos comunicados manuscritos de los GAL es de Sancristóbal y de Planchuelo.

Se desmoronan, así, las teorías conspirativas que atribuyen los encarcelamientos de Sancristóbal, Álvarez y Planchuelo (y de De Justo, Vera y García Damborenea después) a una prevaricación del juez Garzón, dispuesto, según esas sesgadas interpretaciones, a tomar resoluciones conscientemente injustas sólo para vengarse del presidente del Gobierno, satisfacer su vanidosa sed de protagonismo o saldar cuentas con altos cargos del Ministerio del Interior. Los autos de la sala que confirmaron o revocaron la prisión provisional dictada inicialmente contra los primeros encartados del caso Marey ponen de relieve que esa medida cautelar no fue una decisión caprichosa o infundada del instructor. Demostrado ya que la situación procesal de Sancristóbal, Álvarez y Planchuelo nace del humo del delito cometido, queda ahora por saber si los tres magistrados de la Audiencia Nacional se verán sometidos a la misma campaña de hostigamiento lanzada contra Garzón por un tropel de ex ministros, presidentes de Comunidad, parlamentarios socialistas, ex presidentes del Tribunal Constitucional y altos cargos del Gobierno, sedicentes poseedores de la imparcialidad y la objetividad necesarias para conceder o negar tales cualidades a los miembros de los tribunales que juzgan a sus amigos o correligionarios.

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